DECRETO 1213 2001

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO EL ART 12 DEL DECRETO N° 1958-98 REFERENTE A LA DOTACIÓN DE PERSONAL DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE LOS CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACION

Publicación:

05/09/2001

Sanción:

29/08/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los términos del Decreto N° 1.958/98 (B.O.C.B.A. N° 549), y;

CONSIDERANDO:

Que el precitado Decreto se creó con el objeto de dotar a las Direcciones Generales de los Centros de Gestión y Participación, del apoyo técnico que permita coordinar los nuevos servicios de gestión desconcentrada;

Que como consecuencia de lo expresado el Artículo 12, del mismo, establece que las áreas centrales transferirán el personal que resulte necesario para el cumplimiento del mismo, sin pérdida de los beneficios que tuviesen al momento de ser transferidos;

Que es de hacer notar que actualmente las dotaciones de dichos Centros, se encuentran conformadas con personal que oportunamente fuera transferido de las distintas áreas de esta Administración Central;

Que atento el tiempo transcurrido, y habiéndose logrado los objetivos que motivaron la inclusión del citado Artículo, resulta oportuno dejar sin efecto el mismo;

Que por lo expuesto procede dictar el acto administrativo respectivo;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Déjase sin efecto el Artículo 12 del Decreto N° 1.958/98 (B.O.C.B.A. N° 549).

Artículo 2° - El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 del Dto. 1213-01 Deja sin efecto el Artículo 12 del Decreto 1958-98