DECRETO 1128 2009

Síntesis:

INSTRUYE - TODOS LOS ORGANISMOS DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD UTILIZARÁN EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SADE - MÓDULO COMUNICACIONES OFICIALES PARA MEDIO DE CREACIÓN - COMUNICACIÓN Y TRAMITACIÓN DE NOTAS - MEMORANDOS - PROVIDENCIAS E INFORMES - LOS DIRECTORES GENERALES O FUNCIONARIOS CON RANGO EQUIVALENTE EMITIRÁN LAS DISPOSICIONES MATERIA DE SU COMPETENCIA UTILIZANDO EL REFERIDO MÓDULO - LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DETERMINARÁ EN FORMA PROGRESIVA LOS ORGANISMOS QUE DEBERÁN USARLO - DELEGA EN LA CITADA SECRETARÍA LA FACULTAD DE DICTAR NORMAS REGLAMENTARIAS - ACLARATORIAS Y COMPLEMENTARIAS PARA INSTRUMENTAR EL PRESENTE DECRETO.

Publicación:

28/12/2009

Sanción:

22/12/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO: Los Decretos N° 417//08, N°589/09, la Resolución N° 96/SECyT/2009 y el Expediente N° 1338048/2009;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de política de modernización de la Administración Pública se han implementado diversas medidas tendientes a la paulatina y progresiva utilización de distintas tecnologías aplicables a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración, de modo de dotarlos de mayores niveles de eficiencia, transparencia y accesibilidad para su control;

Que en esa línea, por Decreto N° 417/2009 se instruyó a todos los organismos dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el correo electrónico institucional de la Ciudad como único medio de comunicación fehaciente de los actos internos de administración que no produzcan efectos jurídicos individuales directos;

Que el artículo 3° del mencionado decreto define a los actos internos de administración como aquellos consistentes en comunicaciones internas propias de la actividad interadministrativa, no productoras de efectos jurídicos individuales en forma directa sobre los particulares, tales como memorándum, notas, comunicaciones y todos aquellos actos que posean injerencia meramente administrativa interna;

Que en ese marco, otra de las medidas adoptadas consistió en la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a los fines de la implementación y funcionamiento del SADE se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias;

Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT-2009 se modificó el Reglamento para el Inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas;

Que dicho Reglamento define los tipos de documentación administrativa que utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo primeramente, entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, a su vez, dentro de las actuaciones administrativas se reconocen como subespecies, entre otras, a las notas y los memorandos;

Que las notas constituyen los instrumentos de comunicación de uso externo de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;

Que los memorandos son los instrumentos de comunicación de uso interno de una repartición referente a cualquier asunto de gestión o servicio;

Que es preciso avanzar en la incorporación de herramientas tecnológicas para agilizar y facilitar la creación, comunicación y tramitación administrativa de las notas, memorandos, providencias e informes;

Que asimismo es conveniente prever la utilización de herramientas electrónicas para la emisión de actos administrativos que en materia de su competencia, dicten los Directores Generales o autoridades con rango equivalente, en el marco de los distintos procedimientos administrativos.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Instrúyase a todos los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) el módulo, denominado COMUNICACIONES OFICIALES como medio de creación, comunicación y tramitación de notas, memorandos, providencias e informes.

Artículo 2°.- Instrúyase a los Directores Generales o funcionarios con rango equivalente a emitir las Disposiciones que sean materia de su competencia mediante la utilización del módulo COMUNICACIONES OFICIALES, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos.

Artículo 3°.- Facúltase a la Secretaría Legal y Técnica a determinar progresivamente los organismos que deberán hacer uso del Módulo COMUNICACIONES OFICIALES, del que se hace mención en los artículos 1° y 2° del presente.

Artículo 4°.- Delégase en la Secretaría Legal y Técnica la facultad de dictar normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias a los fines de la instrumentación del presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Dto. 287-10, Art. 5° deroga el Dto. 1128-09