CONVENIO 1542 2001 SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Síntesis:
CONVENIO ESPECÍFIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE PASANTÍAS, CELEBRADO ENTRE LA SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DEL G.C.A.B.A. Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA U.B.A.
Publicación:
05/09/2001
Sanción:
28/08/2001
Organismo:
SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
CONVENIO N° 1.542
CONVENIO DE PASANTIAS CELEBRADO ENTRE LA SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA DEL G.C.A.B.A. Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA U.B.A.
Entre la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, en adelante La Facultad, con domicilio legal en Avda. Córdoba 2122 de esta Ciudad, representada en este caso por su Decano Dr. Carlos Aníbal Degrossi, por una parte, y por la Subsecretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante La Subsecretaría, representada por su Subsecretaria, Dra. Alejandra Tadei, con domicilio legal en Avenida de Mayo 525 4° piso de esta Ciudad, por la otra parte, acuerdan celebrar el presente Convenio Específico de Pasantías, en el marco del oportunamente suscripto con fecha 3 de abril de 2001 entre el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad de Buenos Aires, registrado con el Número 13 del año 2001, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto el establecimiento de un Programa de Pasantías en el ámbito de La Subsecretaría, para el entrenamiento y formación de Recursos Humanos de los alumnos de La Facultad, en actividades de interés y competencia de las distintas Unidades de Organización que conforman La Subsecretaría, dentro del marco normativo establecido por la Ley N° 25.165 y los Decretos Nros. 1.200/PEN/99 y 487/PEN/2000.
SEGUNDA: Para acceder al Programa de Pasantías, los alumnos que quieran incorporarse al mismo tendrán que: a) estar cursando alguna de las carreras que se dictan en La Universidad; b) ser mayores de dieciocho (18) años; c) estar inscriptos en el Registro de Postulantes habilitado a tales fines, en el cual constarán: apellido y nombre, edad, materias aprobadas y promedio; y d) ser preseleccionados por La Facultad. Las distintas dependencias que conforman La Subsecretaría se reservan la facultad de realizar la selección definitiva de los postulantes presentados por La Facultad.
TERCERA: La Subsecretaría a través de sus distintas Unidades de Organización, se compromete a capacitar y adiestrar a los pasantes que sean asignados al desarrollo del proyecto objeto de este Convenio y que se llevará a cabo en el ámbito de sus respectivas áreas. A tales efectos, los pasantes incorporados realizarán las siguientes actividades:
1) Asistir en la implementación de políticas, circuitos administrativos, procedimientos, etc. necesarios en las distintas áreas dependientes de La Subsecretaría.
2) Asistir en la elaboración de proyectos de decretos, en el control de legalidad de los expedientes y en la búsqueda y recopilación de normativa vigente.
3) Asistir en la corrección de textos a publicar en el Boletín Oficial.
4) Asistir en el armado de base de datos, ingreso de datos normativos y en el análisis de normas.
5) Asistir en el tratamiento de imagen, y tener conocimiento de programas afines.
CUARTA: A los efectos de cumplimentar los servicios detallados en la cláusula precedente, La Subsecretaría celebrará con cada pasante un Acuerdo Individual de Pasantía, en tres (3) ejemplares, que serán a su vez rubricados por La Facultad, y cuyo texto tipo se anexa al presente con el número I. Al finalizar la pasantía, La Subsecretaría y La Facultad extenderán la certificación de la experiencia laboral correspondiente a las actividades realizadas y a los conocimientos adquiridos por el pasante.
QUINTA: El pasante deberá ajustarse a los horarios, normas y reglamentos internos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con la legislación vigente. Asimismo, considerará toda información como confidencial que así le sea calificada por su Tutor y presentará un informe final sobre las tareas realizadas. La infracción a cualquiera de estas obligaciones será causal suficiente para que La Subsecretaría haga uso de la facultad señalada en la cláusula Décima.
SEXTA: Los pasantes percibirán una asignación estímulo mensual para viáticos y gastos de estudio, la cual no podrá ser superior a pesos seiscientos ($ 600) por mes, y cuyo costo estará a cargo de La Subsecretaría.
SEPTIMA: Las asignaciones estímulo enunciadas en la cláusula precedente, como así también el cinco por ciento (5%) por cada contrato de Pasantía, que serán destinados por La Facultad para gastos Administrativos y de Seguro para los pasantes, con más pesos doce (12) por cada pasante en concepto de Tutoría Académica, serán destinados por La Subsecretaría a través de la Dirección General de Tesorería dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, en la cuenta que a tales fines abrirá La Facultad en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el primer día hábil del mes vencido.
OCTAVA: La Facultad contratará un seguro que resguarde la actividad de los pasantes, dentro de los diez (10) días contados a partir del comienzo de las tareas de cada uno de los pasantes, en la institución aseguradora con la que opera en la materia. El costo de dicho seguro será abonado con el cinco por ciento (5%) que para gastos administrativos La Subsecretaría abonará a La Facultad.
NOVENA: La Coordinación del presente Convenio Específico será ejercida por el Representante que La Subsecretaría designe en carácter de Tutor, quien desempeñará las tareas ad honorem, y cuyo objeto será garantizar la inserción del pasante, así como supervisar y evaluar las tareas que desarrolle. Por su parte, La Facultad designará un docente en carácter de Tutor por cada treinta (30) alumnos como máximo, cuyas funciones serán las de supervisar la pasantía e intercambiar con su contraparte todos aquellos aspectos que hagan a la evolución educativa del Programa respectivo. El/las Tutores/as designados por La Facultad percibirán una asignación a su cargo, lo que será solventado por La Subsecretaría.
DECIMA: El término de duración de cada pasantía individual será de hasta seis (6) meses, pudiendo ser renovadas por otro período, con una asistencia de hasta seis (6) horas diarias, conforme con el Convenio Marco de Pasantías de fecha 3 de abril de 2001, y que se determinarán en el Acuerdo Individual con cada pasante. La pasantía podrá suspenderse o denunciarse si a juicio del responsable de La Subsecretaría, el pasante no cumple con las obligaciones asumidas o el régimen disciplinario establecido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La suspensión o denuncia de la pasantía deberá informarse al pasante con una antelación no menor de quince (15) días, previo aviso a La Facultad. La suspensión, denuncia, rescisión, revocación o cualquier otro tipo de interrupción de la pasantía no dará derecho a indemnización alguna.
DECIMOPRIMERA: Al término de cada pasantía, el alumno realizará un informe que será evaluado por el Tutor de La Facultad y el Tutor de La Subsecretaría. Asimismo, ambos tutores deberán producir en forma conjunta un informe evaluatorio, cuyo carácter será reservado y se incorporará al legajo del pasante.
DECIMOSEGUNDA: La Subsecretaría se hará cargo de todos los gastos que demande el presente Convenio Específico con fondos provenientes de la partida presupuestaria habilitada para tales fines, en el respectivo Ejercicio Fiscal. La falta de pagos de los montos acordados en lugar, tiempo y forma dará lugar a La Facultad a exigir su cobro en forma inmediata, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. A partir de los treinta (30) días corridos de producida la mora, La Facultad tendrá derecho a dar por rescindido el presente Convenio con principio de ejecución, que no fuera abonado por La Subsecretaría al tiempo de producirse la rescisión de esta Convenio.
DECIMOTERCERA: En todo aquello no previsto en el presente Convenio, se aplicará lo dispuesto en el Convenio Marco N° 13 (B.O.C.B.A. N° 1192) y en las normas nacionales establecidas para el Sistema de Pasantías (Ley N° 25.165 y los Decretos Nros. 1.200/PEN/99 y 487/PEN/00).
DECIMOCUARTA: Todo aquello no previsto en el presente ni en las normas mencionadas en la cláusula decimotercera, será resuelto por las partes de común acuerdo.
DECIMOQUINTA: El presente Convenio específico tendrá una duración de tres (3) años y diez (10) meses a partir de su firma, pudiendo ser prorrogado de mutuo acuerdo, para lo cual ambas partes deberán cursar notificación fehaciente en donde se exprese dicha voluntad, con una antelación no menor a treinta (30) días corridos anteriores al vencimiento del plazo original. Ambas partes podrán rescindir el presente Convenio unilateralmente, notificando en forma fehaciente dicha decisión con treinta (30) días corridos de antelación, no generando ello derecho a reclamo alguno para la otra parte. En caso de producirse la rescisión anticipada, las pasantías en curso y con recursos asignados finalizarán dentro de los plazos previamente estipulados y conforme al pago comprometido.
DECIMOSEXTA: A todos los efectos de este Convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires y constituyen sus domicilios en los señalados en el encabezamiento del presente, dejando constancia que las notificaciones judiciales al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser realizadas en Uruguay 440, 2° piso Ofic.. 27, conforme lo establecido por el Decreto N° 3.758/MCBA/85 y Oficio N° 868-CSJN, y Decreto N° 294/GCBA/97.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de agosto de 2001. De Grossi (por Facultad de Ciencias Económicas, U.B.A.) - Tadei (por Subsecretaría Legal y Técnica - G.C.A.B.A.)
ACUERDO INDIVIDUAL DE PASANTIA
En el marco del Convenio de Pasantías Nro. /2001, celebrado entre la Universidad de Buenos Aires, en adelante UBA, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante GCBA, se suscribe el presente Acuerdo Individual de Pasantía que regla las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio en Av. de Mayo 525, de esta Ciudad, representado por la Sra............................................................................, en su carácter de Subsecretaria .......................................................y ( apellido y nombres del/la estudiante), titular del D.N.I................................... con domicilio en ................................................................. Teléfono............................Libreta Universitaria Nro ............................ alumno/a de la carrera de........................................de la Facultad de...................................................de la Universidad de Buenos Aires, y se sujeta a las siguientes cláusulas:.......................
PRIMERA: A los fines del presente acuerdo, se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito del GCBA, para la realización voluntaria, por parte del alumno, de una práctica relacionada con su educación y formación, de acuerdo con la especificación que recibe, bajo la organización y control de la UBA y durante un lapso determinado.
SEGUNDA: La situación de pasantía no creará ningún otro vínculo para el pasante más que el existente entre él y la UBA, no generándose relación jurídica alguna con el GCBA.
TERCERA: Objetivo de la Pasantía. Durante el desarrollo de esta pasantía, el alumno deberá alcanzar los siguientes objetivos:...........
....................................................................................................................................
CUARTA: Actividades del Pasante. Para alcanzar dichos objetivos, el pasante realizará las siguientes actividades...................................
...................................................................................................................................
QUINTA: Lugar, Duración y Horario de la Pasantía. La Pasantía se desarrollará en las dependencias del GCBA, Subsecretaría ....................................sita en...........................................................,Area de................................., comenzando el día............................. El pasante deberá concurrir de lunes a viernes en el horario de...........a.............hs.
SEXTA: Asignación Estímulo y Seguro. Durante el tiempo de duración de la pasantía, el alumno percibirá una asignación estímulo mensual de PESOS..................($...........) y contará, además, con un seguro que resguarde su actividad, contratado por la UBA con fondos provenientes del GCBA. La asignación estímulo será abonada por la UBA, con fondos provenientes del GCBA, dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente a la realización de la tarea........................................................................................................................
SEPTIMA: Evaluación del Pasante. El seguimiento de la pasantía, el control de la actividad del pasante y su evaluación, estarán, por parte del GCBA, bajo la responsabilidad del Señor/a ................. ......................... en calidad de Tutor. Por su parte, la UBA designará un Tutor que realizará el seguimiento y evaluación académica de la pasantía.............................................................................
OCTAVA: Días por Examen. El pasante contará con días por examen. En el caso de examen parcial, el día del mismo. Si se tratase de un examen final, el día del mismo y el día hábil anterior. En cualquier caso, el pasante deberá informar al GCBA con una semana de anticipación dicha circunstancia y presentará el certificado correspondiente expedido por las autoridades de la Facultad a la que pertenezca ...............................................................................................
NOVENA: Responsabilidades y Confidencialidad. El pasante se compromete a lo siguiente:
a) Ajustarse a los horarios, normas y reglamentos internos del GCBA.
b) Observar las normas de seguridad, higiene y disciplina que rigen en ella en un todo de acuerdo con la legislación vigente.
c) Considerar como confidencial toda información que reciba o llegue a su conocimiento, relacionada con las actividades asignadas y aquellas otras que así sean calificadas por su Tutor, ya sea que tenga acceso a la misma en forma directa o indirecta, sea durante su período de pasantía o posteriormente.
d) Presentar un informe final sobre las tareas realizadas.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será considerado causal suficiente para que el GCBA deje sin efecto la pasantía, previa comunicación a la UBA. En caso de existir otras causales que por su gravedad determinen la revocación o suspensión de esta pasantía individual, deberá informarse a la UBA con una antelación no menor de quince (15) días.....................................................
DECIMA: Informe Final. El pasante se compromete a entregar un informe final de su estadía de entrenamiento a su Tutor. Dicha persona realizará una evaluación de la pasantía y la remitirá a la Secretaría de Extensión Universitaria- C.U.E.- de la UBA, Azcuénaga 280, 5to. piso, oficina 502, y a la Facultad que corresponda. Dichos informes serán incorporados al legajo del estudiante en la UBA..........................................................................................................................
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares del presente acuerdo, de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los....................días del mes de...................... de......................................................................................................
ANEXOS
ANEXO I