LEY 3275 2009
Síntesis:
MODIFICACIÓN LEY 188 - PREMIO LOLA MORA AL ARTÍCULO PERIODÍSTICO - PROGRAMA - AVISO PUBLICITARIO - LABOR PERIODÍSTICA - DERECHOS DE LA MUJER
Publicación:
08/01/2010
Sanción:
26/11/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/12/2009
Estado:
No vigente
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Ley 188 que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 1°.- Institúyese el premio Lola Mora que se entregará al artículo periodístico, programa o aviso publicitario difundido a través de cualquier medio de comunicación masiva y a la labor periodística en medios de comunicación masiva, que promuevan los derechos de la mujer, incentiven la cooperación y solidaridad entre los sexos, contribuya a la superación de los estereotipos negativos para la mujer, reivindique en general los derechos igualitarios, su cumplimiento en todos los ámbitos y la no discriminación contra la mujer.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.