LEY 3275 2009

Síntesis:

MODIFICACIÓN LEY 188 - PREMIO LOLA MORA AL ARTÍCULO PERIODÍSTICO - PROGRAMA - AVISO PUBLICITARIO - LABOR PERIODÍSTICA - DERECHOS DE LA MUJER

Publicación:

08/01/2010

Sanción:

26/11/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/12/2009

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Ley 188 que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1°.- Institúyese el premio Lola Mora que se entregará al artículo periodístico, programa o aviso publicitario difundido a través de cualquier medio de comunicación masiva y a la labor periodística en medios de comunicación masiva, que promuevan los derechos de la mujer, incentiven la cooperación y solidaridad entre los sexos, contribuya a la superación de los estereotipos negativos para la mujer, reivindique en general los derechos igualitarios, su cumplimiento en todos los ámbitos y la no discriminación contra la mujer.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3275, modifica el art. 1 de la Ley 188.</p>
PROMULGADA POR