RESOLUCIÓN 24 2009 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SINDICATURA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MODIFICA EL ANEXO I Y II DE LA RESOLUCIÓN 100-SG-08 - INCORPORACIÓN DE CARGOS - ESCALA REMUNERATIVA - REMUNERACIONES - SALARIOS - PERSONAL - AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES - APRENDIZ DE AUDITORÍA - APRENDIZ DE SISTEMAS - APRENDIZ LEGAL - AUXILIAR LEGAL - ASISTENTE ADMINISTRATIVO - ASISTENTE LEGAL -ASISTENTE EN SISTEMAS - TÉCNICO ADMINISTRATIVO - TÉCNICO LEGAL - TÉCNICO DE SISTEMAS
Publicación:
08/05/2009
Sanción:
08/04/2009
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 99-SGCBA/06 (BOCBA N° 2.557), N° 99-SGCBA/07, N° 48-SGCBA/08 (BOCBA N° 2.933) y N° 100-SGCBA/08, la Carpeta N° 37-SGCBA/09, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que a su vez establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que, en virtud de las competencias atribuidas por el inciso 2) del artículo 130 de la Ley N° 70, el/la Síndico/a General cuenta con facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que, oportunamente, la Resolución N° 99-SGCBA/07 incorporó las figuras de Auxiliar de Auditoría, Auxiliar Administrativo, Auditor, Profesional Administrativo, Recepcionista y Auxiliar de Sistemas, como estamentos inferiores dentro de la Estructura Organizativa de esta Sindicatura General, complementando la organización creada mediante la Resolución N° 99-SGCBA/06, que estableció las categorías correspondientes a los estamentos superiores;
Que la Resolución N° 100-SGCBA/08 incorporó a las mencionadas figuras, la categoría de Auditor Principal para los estamentos inferiores del Organismo y, en su Anexo II, adecuó las escalas remunerativas de dichos estamentos;
Que atento la necesidad de optimizar el desempeño de las funciones establecidas en cabeza del Síndico/a General por la Ley Suprema de la Ciudad de Buenos Aires y por la Ley N° 70, resulta oportuno incorporar las figuras de Auxiliar de Servicios Generales, Aprendiz de Auditoría, Aprendiz de Sistemas, Aprendiz Legal, Auxiliar Legal, Asistente Administrativo, Asistente Legal, Asistente en Sistemas, Técnico Administrativo, Técnico Legal y Técnico de Sistemas, como nuevos estamentos inferiores del Organismo;
Que, asimismo, esta reorganización funcional responde a la adecuación de los recursos humanos del Organismo en aras de una Carrera Administrativa propia;
Que en consecuencia, resulta necesario determinar las acciones correspondientes a las categorías incluidas en los estamentos inferiores de esta Sindicatura General;
Que en virtud de lo expuesto, es menester adecuar las remuneraciones asignadas a cada categoría;
Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que resulta de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 2) del artículo 130 de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 100-SGCBA/08, incorporándose las categorías de Auxiliar de Servicios Generales, Aprendiz de Auditoría, Aprendiz de Sistemas, Aprendiz Legal, Auxiliar Legal, Asistente Administrativo, Asistente Legal, Asistente en Sistemas, Técnico Administrativo, Técnico Legal y Técnico de Sistemas, estableciéndose las acciones correspondientes a cada uno de los estamentos inferiores en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Modifícase el Anexo II de la Resolución N° 100-SGCBA/08 estableciéndose la escala remunerativa para los estamentos inferiores de la Sindicatura General de la Ciudad, según lo detallado en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese.