LEY 3397 2009
Síntesis:
DECLARA INNECESARIOS PARA LA GESTIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - INMUEBLES SITOS CALLES PRINGLES 340 - PRINGLES 342 - RIVADAVIA 1545 Y CÓRDOBA 1556 - VENTA EN SUBASTA PÚBLICA
Publicación:
21/01/2010
Sanción:
07/12/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/01/2010
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 8 de enero del 2020.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad los inmuebles sitos en las calles Pringles 340, Pringles 342 y las Avenidas Rivadavia 1545 y Córdoba 1556 de esta Ciudad.
Art. 2°.- Dispónese la enajenación de los inmuebles de propiedad del Gobierno de la Ciudad que se detallan en el Artículo 1° de la presente Ley, de conformidad con el procedimiento de venta en subasta pública.
Art. 3°.- El producido de las ventas será ingresado a las partidas correspondientes del Ministerio de Cultura para destinarlo a la adquisición y equipamiento de los inmuebles sitos en las calles Bolívar N° 462/466, (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 40, Parcela 10 C), Venezuela N° 469 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción N° 13, sección 2, Manzana 40, Parcela 12 D) y Bolívar N° 476 de esta Ciudad, (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 40, parcela 12 F) a fin de localizar allí a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico.
Art. 4°.- Comuníquese, etc.