LEY 3397 2009

Síntesis:

DECLARA INNECESARIOS PARA LA GESTIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - INMUEBLES SITOS CALLES PRINGLES 340 - PRINGLES 342 - RIVADAVIA 1545 Y CÓRDOBA 1556 - VENTA EN SUBASTA PÚBLICA

Publicación:

21/01/2010

Sanción:

07/12/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/01/2010


Texto actualizado

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Fecha de última actualización: 08/01/2020

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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad los inmuebles sitos en las calles Pringles 340, Pringles 342 y las Avenidas Rivadavia 1545 y Córdoba 1556 de esta Ciudad.

Art. 2°.- Dispónese la enajenación de los inmuebles de propiedad del Gobierno de la Ciudad que se detallan en el Artículo 1° de la presente Ley, de conformidad con el procedimiento de venta en subasta pública.

Art. 3°.- El producido de las ventas será ingresado a las partidas correspondientes del Ministerio de Cultura para destinarlo a la adquisición y equipamiento de los inmuebles sitos en las calles Bolívar N° 462/466, (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 40, Parcela 10 C), Venezuela N° 469 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción N° 13, sección 2, Manzana 40, Parcela 12 D) y Bolívar N° 476 de esta Ciudad, (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 40, parcela 12 F) a fin de localizar allí a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico.

Art. 4°.- Comuníquese, etc.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 5 de la Ley 6287 incorpora el párrafo segundo al Art. 3 de la Ley 3397. </p>
PROMULGADA POR