DECRETO 120 2010

Síntesis:

FACULTA A LA POLICÍA METROPOLITANA A ADMINISTRAR LA TOTALIDAD DEL PARQUE AUTOMOTOR - DELEGACIÓN DE FACULTADES - AUTOMÓVILES - ADMINISTRACIÓN - AUTOMOTORES - MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE MANTENIMIENTO DE LA FLOTA AUTOMOTOR - PODER - REPRESENTACIÓN - AGENTES - TRÁMITES - MÓVILES POLICIALES

Publicación:

04/02/2010

Sanción:

25/01/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.894, los Decretos N° 2.075/07, N° 1.032/08, N° 756/09 y N° 199/09, la Resolución N° 2229/MHGC/09, el Expediente N° 1.184.924/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 de Seguridad Pública establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda a el/la Jefe/a de Gobierno en su carácter de titular del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Jefe/a de la Administración, la coordinación político-institucional de dicho sistema;

Que la mencionada Ley crea la Policía Metropolitana con dependencia jerárquica y funcional del Jefe de Gobierno a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme lo establecido en los artículos 18 y 20 de la precitada norma;

Que por el Decreto. N° 2.075/07 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, describiéndose los objetivos y responsabilidades primarias de todas las unidades de organización, entre ellas las de Dirección General Mantenimiento de la Flota Automotor, entonces dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que entre las responsabilidades primarias de la mencionada instancia se encuentra entender en la administración de todo el parque automotor perteneciente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, coordinar y supervisar la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque, así como administrar el abastecimiento de los insumos en general para su el mantenimiento;

Que por el Decreto N° 1032/08 la Dirección General antes citada fue transferida a la órbita del Ministerio de Hacienda, conservando sus objetivos, patrimonio, personal y presupuesto;

Que por Decreto N° 756/09, se modificó la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda, pasando la Dirección General Mantenimiento de la Flota Automotor a depender de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, del citado Ministerio;

Que pese a lo expuesto, la Ley de Seguridad Pública crea un régimen especial para la organización integral de la Policía Metropolitana en virtud de la especificidad de sus funciones de carácter exclusivo y diferenciadas del resto de las dependencias del Gobierno de la Ciudad, destacándose, entre otras, aquellas vinculadas a la operatividad y seguridad de los vehículos afectados a su competencia;

Que como consecuencia de lo expuesto, la administración, mantenimiento y reparación de los distintos rodados que pertenecen a la Policía Metropolitana, requieren un tratamiento diferenciado y exclusivo respecto del parque automotor del Gobierno de la Ciudad;

Que por ello, resulta conveniente facultar a la Policía Metropolitana para que administre; todo el parque automotor perteneciente a ese Organismo y el abastecimiento de los insumos en general para su mantenimiento, coordinando y supervisando la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque,

Que por el Decreto N° 199/09 se creó la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana, con dependencia directa del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por la Resolución N° 2229/MHGC/09 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones en el ámbito de la Unidad de Organización Administrativa antes citada, a efectos de realizar los procedimientos de compras y licitaciones de dicha Unidad;

Que por otra parte resulta necesario delegar en la Policía Metropolitana, la facultad de otorgar y revocar Poderes Especiales a favor de agentes dependientes de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Policía Metropolitana, a efectos de que éstos puedan realizar en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cualquier trámite relacionados con el parque automotor del Organismo precitado, ante instituciones privadas, organismos públicos locales, nacionales y provinciales,

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Facúltese a la Policía Metropolitana a administrar la totalidad del parque automotor perteneciente a ese Organismo y el abastecimiento de los insumos en general para su mantenimiento, coordinando y supervisando la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque.

Artículo 2°.- Modifíquense parcialmente las responsabilidades primarias de la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda establecidas en el Decreto N° 2.075/07, en virtud de lo establecido en el art. 1° del presente

Artículo 3°.- Delégase en la Policía Metropolitana, la facultad de otorgar y revocar poderes a favor de agentes dependientes de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Unidad de Organización Administrativa de la Policía Metropolitana para que, en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gestionen ante Organismos locales, provinciales, nacionales e instituciones privadas, cualquier trámite relacionado con el Parque Automotor de la Policía Metropolitana.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad, de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.-

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y a las Direcciones Generales de Seguros y de Mantenimiento de la Flota Automotor. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 del Decreto120-10, modifica parcialmente las responsabilidades primarias de la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, establecidas en el Decreto 2075-07.</p>
COMPLEMENTADA POR
Art 1 de la Res 819-MJSYS-10 establece que el patentamiento, abastecimiento de combustible, mantenimiento, cobertura de seguros, habilitaciones para conducir y cualquier otro acto relativo a la flota de vehículos de la Policía Metropolitana, será administrado en el ámbito de la Subsecretaría de Administración a través de la Dirección General de Suministros
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 120-10 faculta a la Policía Metropolitana a administrar la totalidad del parque automotor perteneciente a ese Organismo y el abastecimiento de los insumos en general para su mantenimiento, coordinando y supervisando la compra de repuestos, el mantenimiento y la reparación del referido parque, en marco de lo establecido por la Ley 2894.</p>