RESOLUCIÓN 21 2010
Síntesis:
SE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN N 666-MDUGC/09
Publicación:
19/02/2010
Sanción:
11/02/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2148, la Ley N° 2930, el Decreto N° 2075/07, el Decreto N° 498/GCBA/08, el Decreto N° 1015/GCBA/09, la Resolución N° 666/MDUGC/09, la Resolución N° 114/SSTRANS/09, el Expediente N° 1136867/09, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2148 se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 1.2.2 de dicho Código establece que la autoridad de aplicación del mismo puede disponer medidas de carácter transitorio o experimental que contemplen situaciones especiales;
Que a través del Decreto N° 498/GCBA/08, se designó a la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, como autoridad de aplicación del mencionado Código de Tránsito y Transporte;
Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 666/MDUGC/09 se asignó con carácter transitorio y experimental, a partir del día 22 de septiembre de 2009, y por el término de noventa (90) días corridos, doble sentido de circulación asimétrico al tramo de arteria comprendido por la Avenida Triunvirato, entre las calles 14 de Julio y Giriborne;
Que la medida dispuesta se dictó con el objetivo de mejorar la seguridad vial, la fluidez del tránsito y la prestación del servicio público de pasajeros, en consonancia con los lineamientos propuestos en el Plan Urbano Ambiental aprobado por la Ley N° 2930, en relación al propósito de jerarquizar la red vial y rediseñar las trayectorias del transporte público;
Que la medida experimental dictada, se complementó con lo dispuesto en la Resolución N° 114/SSTRANS/09, la cual asignó, con carácter transitorio y experimental, por el término de noventa (90) días corridos y a partir del 01 de diciembre de 2009, doble sentido de circulación asimétrico al tramo de arteria comprendido por la Avenida Triunvirato entre las calle Giribore y la Avenida Olazával.
Que con el fin de perfeccionar la planificación de la ciudad y consecuentemente mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, los resultados arrojados por la implementación de la Resolución N° 666/MDUGC/09, deben ser analizados cuidadosa y detalladamente;
Que asimismo, dichos resultados deben cotejarse con la experiencia recogida a partir de la implementación de la Resolución N° 114/SSTRANS/09;
Que para este propósito, resulta exiguo el plazo de vigencia de noventa (90) días corridos dispuesto por el artículo 1° de la Resolución N° 666/MDUGC/09;
Que el artículo 1.2.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, faculta a la autoridad de aplicación a prorrogar por única vez y por el término de noventa (90) días corridos las medidas que se adopten de manera transitoria y experimental.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, conferidas por el Decreto N° 2075/GCBA/07 modificado por el Decreto N° 1015/GCBA/09, y por el Decreto N° 498/GCBA/08,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1°.- Prorrógase por el término de noventa (90) días corridos el plazo de vigencia previsto en la Resolución N° 666/MDUGC/09, el cual comenzará a correr desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de Transporte quien procederá a comunicar la presente a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las cámaras y empresas de transporte colectivo de pasajeros N° 71, 87, 127, 108, 113, 133 y agrupaciones de taxímetros, a la Dirección General de Tránsito, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, archívese. Dietrich