RESOLUCIÓN 66 2010 SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA

Síntesis:

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA - PRESTACIÓN DE SERVICIOS - SE FIJA EL VALOR DEL MÓDULO DE POLICÍA ADICIONAL

Publicación:

25/02/2010

Sanción:

19/02/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD URBANA


VISTO: El Convenio N° 27/06; y

CONSIDERANDO:

Que conforme el Convenio N° 27/GCBA/06, la Policía Federal Argentina se compromete a prestar los servicios de policía adicional requeridos por el G.C.A.B.A., bajo el Régimen de Policía Adicional, quedando obligado el G.C.A.B.A. a abonar los montos detallados en la cláusula tercera del convenio;

Que la cláusula décimo primera del convenio establece que Los valores de los aranceles enunciados en la cláusula tercera, se mantendrán en la medida que continúen vigentes los niveles salariales del personal policial, y no se produzcan variaciones de los precios de los módulos de Policía Adicional dispuestos por el Señor Jefe de la Policía Federal Argentina, conforme lo consagrado en el Decreto N° 933/PEN/88. La Policía Federal Argentina comunicará fehacientemente a la Subsecretaría de Seguridad Urbana del G.C.A.B.A. las modificaciones del mismo ;

Que la cláusula décimo segunda habilita a la Subsecretaría de Seguridad Urbana a acordar aumentos en el valor del módulo, de producirse alguna variación en los niveles salariales del personal policial, toda vez que el valor de los módulos se encuentra vinculado con los haberes de dicho personal;

Que con fecha 20 de Noviembre de 2009 la Policía federal Argentina, comunicó que en uso de las facultades conferidas por Decreto 933/88, el señor Jefe de la Policía, resolvió fijar el valor del módulo de Policía Adicional en la suma de pesos setenta y seis ($ 76,00.-), a partir del 1 de Enero de 2010;

Que de conformidad con las atribuciones que le son propias, el suscripto se encuentra en condiciones de resolver sobre el particular;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Fijase, a partir del 1 de Enero de 2010, el valor del módulo de Policía Adicional en la suma de pesos setenta y seis (76,00.-).

Artículo 2°.- Tómese los recaudos presupuestarios pertinentes, con el fin de hacer frente a la erogación de que se trata.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

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Res. 66-SSSU-10 Fija el valor del Módulo de policía adicional desde el 01-01-2010