RESOLUCIÓN 1 2010 F/N UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PLAN ESTRATÉGICO
Síntesis:
SUPRIME A ORGANIZACIONES DEL REGISTRO DE ENTIDADES DEL CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - REINSCRIPCIÓN SEGÚN PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 4° DE LA RESOLUCIÓN N° 10 CPE - 2009 (B.O. 3.327) .
Publicación:
01/03/2010
Sanción:
01/02/2010
Organismo:
F/N UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PLAN ESTRATÉGICO
VISTO: la Resolución N° 10 CPE - 2009 (B.O. 3.327) y ,
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el articulo 5° de la norma citada en el visto de la presente cuando ningún representante de una organización hubiera participado en el lapso de 2 años en las actividades desarrolladas por el Consejo de Planeamiento Estratégico la misma será dada de baja como entidad Inscripta;
Que los registros de asistencia obrantes en esta Coordinación verifican la existencia de organizaciones que no registran actividad de participación con exceso del plazo legal señalado,
Que se han agotado las instancias para proveer a la participación de las organizaciones ausentes sin obtenerse resultados positivos,
Que el artículo 1° del Decreto N° 823/01 establece que la Coordinación del Planes Estratégicos creada por Decreto N° 1.213/2000, es la autoridad de aplicación de la ley.
Por ello y en ejercicio de facultades que le resultan propias,
EL SUBSECRETARIO COORDINADOR DE PLANES ESTRATÉGICOS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°. Suprímase del Registro de Entidades del Consejo de Planeamiento Estratégico a las organizaciones detalladas en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°. Hágase saber a las entidades excluidas que de encontrarse interesadas en obtener su reinscripción en el registro deberán dar cumplimiento al procedimiento establecido en el artículo 4° de la Resolución N° 10 CPE - 2009 (B.O. 3.327) .
Artículo 3°. Notifíquese al Comité Ejecutivo del Consejo de Planeamiento Estratégico por intermedio de su Dirección Ejecutiva y a la organización interesada.
Artículo 4°. - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Herrera Bravo