DECRETO 197 2010

Síntesis:

designación de mandatarios - Dirección General de Administración de Infracciones - modificación - decreto 321-09 - domicilio - oficinas de atención al público - cuerpo de mandatarios - cobro de deudas - multas - ejecuciones fiscales - ALBERTO - BENGOCHEA - BOSCH - BOUZADA HERMIDA - BOUZADA - DE LAS CASAS - FORMICA GILABERT - GALÁN - GASPARI - MENDOZA - MIRANDA - NAINSZLEIN - PROTA - QUINTEROS - RIOLFO - SALAZAR - TREPPO - WILKINSON - ZARALE

Publicación:

11/03/2010

Sanción:

04/03/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: el Decreto N° 321/09 y el Expediente N° 1115920/2009, y

CONSIDERANDO:

Que el citado decreto crea un cuerpo de mandatarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de efectuar la gestión de cobro de las deudas por multas aplicadas por la Dirección General de Administración de Infracciones;

Que su artículo 3° establece los requisitos que deberán cumplir aquellos profesionales que pretendan ser designados mandatarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, asimismo, por el artículo 2° de la norma mencionada se fija en cincuenta (50) el número máximo de profesionales a designar, a fin de desarrollar en forma eficaz la gestión de cobro encomendada;

Que han sido propuestos veinte (20) profesionales, quienes reúnen los requisitos establecidos en el Decreto citado en el visto y cuyos antecedentes obran agregados a las presentes actuaciones;

Que por otra parte, la norma delimita en su artículo 7° el radio donde los profesionales deberán constituir su estudio y atender al público, viéndose conveniente su reformulación a los efectos de ser conteste con las políticas de descentralización de la Administración. En éste sentido, se ve como positivo ampliar dicho espectro a todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Procuración General de la Ciudad, organismo del cual el cuerpo de mandatarios depende funcionalmente en los aspectos técnicos jurídicos y con funciones de superintendencia procesal y auditoría jurídica respecto del citado cuerpo conforme lo establecido por los Artículos 11 y 18 del Decreto N° 321/09;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnanse mandatarios en los términos del Decreto N° 321/09, a los profesionales que se detallan en el Anexo el cual forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2° - Modifícase el Artículo 7° del Decreto 321/2009 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 7° - Los mandatarios establecerán las oficinas enlas que atenderán público en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notificando fehacientemente a la Procuración General y a la Dirección General de Administración de Infracciones su ubicación, número de teléfono, e-mail y fax. La modificación de dicho domicilio deberá ser comunicada con una antelación no menor a los quince (15) días hábiles. Quedan bajo su responsabilidad todos los gastos de mantenimiento, conservación o arriendo de esos lugares, siendo éste el domicilio procesal que debe constituirse en las ejecuciones fiscales.”

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección general de Rentas y a la Dirección General Administrativa de Infracciones y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. 


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 del decreto 197-10, modifica  el Art. 7 del Decreto 321-09</p>