DECRETO 210 2010 sin ascendencia

Síntesis:

RATFICACIÓN DE CONVENIOS - SE RATIFICA EL CONVENIO DE PERMISO DE USO PRECARIO Y ONEROSO DE LOS ESPACIOS DE DOMINIO PÚBLICO SITOS BAJO LA AUTOPISTA 25 DE MAYO - ENTRE LAS CALLES JOSÉ MARÍA MORENO-CRAIG Y CRAIG-RIGLOS

Publicación:

17/03/2010

Sanción:

10/03/2010

Organismo:

sin ascendencia


VISTO: los Decretos N° 1.721/04, 2.075/07 y 447/08, los Expedientes N° 16.506/09 y 1.268.795/09, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 1.268.795/09 se propicia el dictado del decreto ratificatorio del Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso suscripto entre la Dirección General de Concesiones y el Señor Marcelo Fabián Innocenti, respecto de los espacios de Dominio Público sitos bajo la proyección del trazado de la Autopista 25 de Mayo (AU 1) entre las calles José María Moreno-Craig y Craig-Riglos, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificados catastralmente como Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 63, y Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 62, respectivamente, y los terrenos remanentes de expropiación;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 1.721/04, se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la explotación por sí o por terceros de los espacios genéricamente denominados bajos de autopistas y remanentes de expropiación correspondientes a la red concesionada, conforme detalle incluido en el Anexo III, el que formó parte integrante de dicho acto administrativo, situación en la que se encuentra el espacio mencionado en el Considerando precedente;

Que por Decreto N° 447/08 se revocó dicho otorgamiento, confiriéndose la administración y explotación de los espacios detallados en el referido Anexo III a la Dirección General de Concesiones, sucediendo como parte concedente en todos los contratos que hubiere firmado Autopistas Urbanas S.A. en el marco de la norma aludida;

Que el Señor Marcelo Fabián Innocenti se encuentra ocupando el referido predio, en virtud del contrato que suscribiera oportunamente con Autopistas Urbanas S.A. cuyo vencimiento operó el 29/09/09;

Que, debido a la imposibilidad fáctica de culminar el proceso de Subasta Pública que tramita por Expediente N° 16.506/09, con anterioridad a la fecha de vencimiento enunciada, la Dirección General de Concesiones estimó conveniente extender dicha ocupación mediante el otorgamiento de un Permiso de Uso Precario y Oneroso que tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir del día 30/09/09, por lo que su vencimiento operará el día 29/09/10, pudiendo el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante comunicación fehaciente, disponer la prórroga del Convenio por un plazo máximo de un (1) año más a partir de la fecha de su vencimiento;

Que su instrumentación permite la regularización ocupacional del espacio del dominio público y halla mérito en la necesidad de preservar el patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la incorporación en su articulado de distintas obligaciones de carácter edilicio, la instalación de cámaras de video y de luminarias que redundarán en mejores condiciones de seguridad en el predio, sus zonas aledañas y readecua los montos percibidos en concepto de canon, los que se encontraban sensiblemente desactualizados si se los compara con las pautas que fija el mercado inmobiliario;

Que, en tal sentido cabe destacar, tratándose de un bien perteneciente al dominio público del Gobierno de la Ciudad ... lo atinente al otorgamiento de 'permisos' de uso sobre dependencias dominicales, en principio general, no pertenece a la actividad reglada de la Administración. Al contrario, por principio general, pertenece al ámbito de la 'actividad discrecional' administrativa, pues la Administración hállase habilitada para apreciar si el permiso que se pide está o no de acuerdo con el interés público (conf. Marienhoff, Miguel S., Tratado del Dominio Público, Editorial TEA, año 1960, págs. 331 y ss.);

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso suscripto con fecha 17/11/09 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Director General de Concesiones Dr. Javier Alejandro Solari Costa, y el Sr. Marcelo Fabián Innocenti, respecto de los espacios de Dominio Público sitos bajo la proyección del trazado de la Autopista 25 de Mayo (AU 1), entre las calles José María Moreno-Craig y Craig-Riglos, identificados catastralmente como Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 63, y Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 62, respectivamente, y los terrenos remanentes de expropiación, que tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir del día 30/09/09, por lo que su vencimiento operará el día 29/09/10, pudiendo el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante comunicación fehaciente, disponer la prórroga del Convenio por un plazo máximo de un (1) año más a partir de la fecha de su vencimiento, el que junto con su Anexo I forma parte integrante del presente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Económico y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento, comuníquese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, y para su notificación fehaciente al interesado, gírese a la Dirección General de Concesiones. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Dec.210-10 refiere como antecedente al Dec. 447-08