RESOLUCIÓN 48 2010 sin ascendencia

Síntesis:

LISTADO DE INSUMOS - PRODUCTOS BIOMÉDICOS Y SERVICIOS DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - INCORPORACIÓN DE MEDICAMENTOS - SE RECTIFICA EL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN N° 232-UPE-UOAC/09

Publicación:

17/03/2010

Sanción:

03/03/2010

Organismo:

sin ascendencia


VISTO: La ley N° 2.095, el Decreto N° 754/08, el Decreto N°1353/GCABA/08, la Resolución N°001/UPE-UOAC/2.008, la Resolución N°23 2/UPE-UOAC/2009 y la Resolución N°042/UPE-UOAC/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 2.095, reglamentada por el Decreto N°754/GCBA/2008, se establecieron los lineamientos básicos que deben observarse en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector público de la ciudad;

Que, por el Decreto N°1353/GCABA/08 se creó la Unid ad Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC) en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda (UPE-UOAC), la cual tiene a su cargo la coordinación agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos, por si o por terceros;

Que, en su artículo 6°, el mencionado Decreto N°135 3/GCBA/2008, faculta al Directorio de la UPE-UOAC a establecer un listado de insumos, productos biomédicos y servicios de contratación centralizada y aprobar el Manual de Procedimientos para la adquisición bajo modalidad unificada de acuerdo a lo establecido por el artículo 42 de la Ley 2.095 antes mencionada;

Que a fin de cumplir con el objetivo indicado en el párrafo que antecede, se dictó la Resolución N° 001/UPE-UOAC/2.008, modificada parcia lmente por la Resolución N° 232/UPE-UOAC/2.009;

Que, por Resolución N°042/UPE-UOAC/2009, se modific ó parcialmente el Anexo II de la resolución N° 232/UPE-UOAC/2.009;

Que por Nota N°165897/DGARSS/2.010 la Dirección Gen eral Adjunta de Salud Mental, manifestó que por un error involuntario se consignaron los siguientes NNE: 9012088 TIROTROFINA, 5036799 T4 LIBRE, 5036800 T4, 5023532 T3 LIBRE y 5070613 TIROGLOBULINA en lugar de: 5032785 TIROTROFINA, 5038193 T4 LIBRE, 5068188 T4, 5068168 T3 y 5068219 TIROGLOBULINA, motivo por el cual solicita se rectifique el Anexo II de la Resolución N°232/UPE-UOAC/2.009 modificada por la Resolución N°42/UPE-UOAC/2010;

Que por otra parte la Coordinación Sida ha solicitado la incorporación al Listado de compra centralizada de los siguientes NNE: 5035823 reactivo para la detección de antígeno P24 de HIV1 y HIV2, 5040625 Calibrador para Citometría de Flujo y 5029577 Etanol Absoluto;

Que consultada la Dirección General de Redes y Programas de Salud, para que ratifique o rectifique el listado de productos cuya compra centralizada ha solicitado, ésta confirmó que, mediante Nota N° 192618/DGRyPS/2 010 que luce a fs. 129, resulta imprescindible la adquisición centralizada de los productos solicitados;

Que, atento a los requerimientos formulados, corresponde introducir modificaciones en el listado de compras centralizadas de esta UPE-UOAC, rectificando los NNE mencionados e incorporando los insumos y productos biomédicos referidos en los párrafos que anteceden, con el objeto de mejorar la provisión del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires;

Que así las cosas, corresponde modificar parcialmente el Listado de medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios de adquisición centralizada, del Anexo II de la Resolución N°232/UPE-UOAC/2.009 modificado por Resolución N° 42/UPEUOAC/2.010;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, 5°, 6° y 11° del Decreto N° 1353/GCABA/08 y la legislación vigente,

EL DIRECTORIO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) CON

CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES CENTRAL (UOAC)

RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectificase el Anexo II de la Resolución N°232/UPE-UOAC/2.009 modificado por Resolución N° 042/UPE-UOAC/2.010 sustituyéndose los insumos y productos listados bajo los N° 963, 964, 965, 966 y 967 con los NNE 9012088 TIROTROFINA, 5036799 T4 LIBRE, 5036800 T4, 5023532 T3 LIBRE y 5070613 TIROGLOBULINA respectivamente, por los NNE 5032785 TIROTROFINA, 5038193 T4 LIBRE, 5068188 T4, 5068168 T3 y 5068219 TIROGLOBULINA, según se detalla en el Anexo adjunto que integra la presente.

Artículo 2°.- Incorporase al Anexo II de la Resolución N°232/UPE-UOAC/2.009 modificado por Resolución N° 042/UPE-UOAC/2.010 al Listado de compra centralizada de los siguientes NNE: 5035823 reactivo para la detección de antígeno P24 de HIV1 y HIV2, 5040625 Calibrador para Citometría de Flujo y 5029577 Etanol Absoluto según se detalla en el Anexo adjunto que integra la presente;

Artículo 3°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los interesados. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.48-UPE-UOAC-10 modifica el Anexo II de la Res.232-UPE-UOAC-109