RESOLUCIÓN 11 2010 SUBSECRETARIA DE HIGIENE URBANA

Síntesis:

SE CREA EL PADRÓN DE GENERADORES ESPECIALES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS HÚMEDOS NO RECICLABLES

Publicación:

26/03/2010

Sanción:

19/03/2010

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HIGIENE URBANA


VISTO: Visto las Leyes N° 1.854, N° 3393, la Resolución Conjunta N° 1/GCABA/AGIP/2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 3393 modificatoria del Código Fiscal vigente, introduce el Título IV Bis referido a los gravámenes ambientales;

Que, la mencionada Ley 3.393, en su Capitulo I, establece como sujeto pasivo del impuesto a los generadores especiales de residuos sólidos urbanos no reciclables, a los generadores especiales de residuos sólidos urbanos húmedos No reciclables definidos por la Ley 1854, su reglamentación y normas complementarias;

Que, Ley 1854 en su articulo 13° establece: Son generadores especiales de residuos sólidos urbanos, a los efectos de la presente ley, aquellos generadores que pertenecen a los sectores comerciales, institucionales e industriales que producen residuos sólidos urbanos en una cantidad, calidad o en condiciones tales que, a juicio de la autoridad de aplicación, requieran de la implementación de programas específicos de gestión, previamente aprobados por la misma.

Específicamente en el Capitulo I, Titulo IV Bis, por la Ley mencionada up supra, se delega en el Ministerio de Ambiente y Espacio Público la confección del padrón de los contribuyentes alcanzados por el impuesto, así como de las fiscalizaciones respecto de la presente Ley;

Que, la Resolución Conjunta N° 1/GCABA/AGIP/2010, en su articulo 6°, reza: Créase en la orbita de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público el Padrón de Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos conforme lo establece el Título IV Bis de la Ley 3393. La Subsecretaría de Higiene Urbana girará mensualmente a la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos la información actualizada que el mismo contenga;

Que, como corolario de lo expuesto, se torna necesaria la implementación de medidas tendientes a la identificación de los generadores especiales de residuos sólidos urbanos, siendo ésta la repartición indicada para llevar el padrón de dichos generadores de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 2075/GCBA/07 y modificatorios, la Ley N° 3393 y Resolución Conjunta N° 1/GCABA/AGIP/2010;

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Higiene Urbana el Padrón de Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos No Reciclables, que funcionará en el ámbito del Área Técnica creada por Resolución N° 10/SSHU/2010, cuyos requerimientos se encuentran detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase al Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a la Dirección General Técnica Administrativa del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Dirección General de Fiscalización y Control. Cumplido archívese. Elías


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
crea padrón de Generadores Especiales de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos no reciclables