RESOLUCIÓN 40 2001 SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES

Síntesis:

AUTORIZA AL ATENEO LEANDRO N. ALEM LA REALIZACIÓN DE UN EVENTO EN LA PLAZA CAMPAÑA DEL DESIERTO.

Publicación:

28/09/2001

Sanción:

24/09/2001

Organismo:

SUBSECRETARIA DE RELACIONES POLITICAS E INSTITUCIONALES


Visto el Registro N° 385/SSVJG/2001, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación el Ateneo Leandro N. Alem solicita autorización para realizar un evento, en la Plaza Campaña del Desierto sita en Malabia y Costa Rica, el día 29 de septiembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 12 y las 20;

Que el objeto del mencionado evento es el de festejar el Día de la Primavera, con un festival de música;

Que participaran del festival, cuatro (4) bandas de rock y tres (3) murgas pertenecientes al barrio de Villa Crespo;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES

POLITICAS E INSTITUCIONALES

RESUELVE:

Artículo1° Autorízase al Ateneo Leandro N. Alem, la realización de un evento, en la Plaza Campaña del Desierto sita en Malabia y Costa Rica, el día 29 de septiembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 12 y las 20, debiendo utilizar los solados rígidos de la citada plaza.

Artículo 2° Los solicitantes se harán responsables de la integridad física de los participantes y público asistente, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que surjan del evento, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en el Art. 60 de la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95.

Artículo 3° Los organizadores contratarán la limpieza que resulte necesario ejecutar, de acuerdo a la Ordenanza N° 51.277 y su modificatoria Ordenanza N° 51.586. En caso de incumplimiento los trabajos de limpieza serán llevados a cabo por la Administración a cargo del Ateneo Leandro N. Alem.

Artículo 4° La realización del evento que se autoriza queda sujeta a la previa acreditación de los recaudos previstos en los Arts. 2° y 3° de la presente norma.

Artículo 5° Prohíbese la instalación de puestos que involucren la venta de cualquier clase de objeto y/o servicio, que ostenten carácter comercial

Artículo 6° La Dirección General de Espacios Verdes notificará al autorizado la presente Resolución y firmará el acta de compromiso de rigor en lo que hace a las obligaciones del uso del espacio concedido.

Artículo 7° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia autenticada al Ministerio Público Fiscal y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Espacios Verdes y de Verificaciones y Habilitaciones y a la Subsecretaría de Seguridad.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
El art. 2° referencia al art. 60 de la Ley Nacional N° 24.449.
REFERENCIA
El art. 3 referencia a la Ordenanza 51.277 y su modificatoria