RESOLUCIÓN 2310 2008 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE CONSTITUYE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DE LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL  - DESIGNACIÓN DE TITULAR - PABLO BATALLA - UOA - MINISTERIO DE CULTURA 

Publicación:

25/08/2008

Sanción:

31/07/2008

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Visto la Ley N° 2.095/2006 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. N° 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.960), la Carpeta N° 5356-DGTALMC-08, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.095/2006, se establecen las normas básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios de Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 17° de la Ley N° 2095/2006, las Unidades Operativas de Adquisiciones integran el Sistema de Compras y Contrataciones, estableciéndose sus funciones en el Art. 19° de la referida Ley; 
Que, de acuerdo a lo establecido el Art. 17° del Decreto Reglamentario N° 754/2008 de la citada Ley, cada Jurisdicción o Entidad propondrá al órgano Rector las Unidades Operativas de Adquisiciones que actuarán en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE 

Art. l° Constitúyase la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Gestión Cultural de este Ministerio de Cultura.
Art.2° Desígnase como titular de la citada unidad al Subsecretario de Gestión Cultural, Licenciado Pablo Eugenio Batalla, DNI 14.619.001.
Art.3° Constitúyase domicilio de la citada Unidad Operativa de Adquisiciones, en Avenida de Mayo N° 575, Piso 3°, Oficina 301, teléfono N° 4323-9779.
Art.4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 5075-ME-08 constituye la UOA de la SS de Gestión Cultural, según lo previsto por Dto 754-08