LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2010

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - MODIFICACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CATÁLOGO - CALLE MALASIA - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR

Publicación:

17/06/2010

Sanción:

20/05/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalóguese con sus correspondientes Niveles de Protección, en los términos del Art. 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles consignados a continuación:

Ver archivo 1

Art. 2°.- Incorpórese los inmuebles catalogados por el Art. 1° previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar las catalogaciones establecidas en el Art. 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 4.- Publíquese y cúmplase con los Artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Moscariello - Pérez

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