RESOLUCIÓN 339 2010 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
SE EXTIENDE VIGENCIA DE DESIGNACIONES DE PERSONAL - DESIGNACIÓN DE AGENTES EN DIVISIONES DE APOYO ADMINISTRATIVO Y DE APOYO OPERATIVO EN LOS DISTINTOS CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL Y DELEGACIONES - ROTACIÓN DE PERSONAL
Publicación:
30/06/2010
Sanción:
24/06/2010
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: La Ley N° 2.603 (B.O.C.B.A. N° 2.846), las Resoluciones N° 493/AGIP/2009, y 500/AGIP/2008 y sus modificatorias, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que a partir del dictado de la Resolución N° 493-AGIP-2009, se crearon las Divisiones de Apoyo Administrativo y de Apoyo Operativo en los distintos Centros de Gestión y Participación Comunal y Delegaciones designándose agentes por un plazo de 120 (ciento veinte) días,
Que el conocimiento extendido de las tareas, conlleva una mejora en la calidad del servicio y en la relación fisco-contribuyente,
Que la definición e implementación de una política de rotación en las Divisiones de Apoyo Administrativo y de Apoyo Operativo en los Centros de Gestión y Participación Comunal y Delegaciones, permitirá fortalecer los conocimientos completando un paso en la política de conformación de mandos medios con un equipo de conducción que cubra las distintas necesidades del organismo.
Que esta primera etapa se enmarca en el cumplimiento de los objetivos planteados oportunamente en la Resolución N° 493-AGIP-2009,
Que el cambio de destino en el sector de trabajo se hará paulatinamente extensivo a todos los agentes designados en la oportunidad de definir el cronograma final de rotación.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Extiéndase la vigencia de las designaciones realizadas en el anexo I de la Resolución N° 493-AGIP-2009 por el plazo de 90 (noventa) días o hasta concretarse el cronograma progresivo de rotación a elaborar por la Sub Dirección General de Recaudación y Atención al Contribuyente.
Artículo 2.- Procédase a la rotación y confirmase en sus designaciones a los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente.
Artículo 3°.- Exceptuase de lo prescripto en el art. 1° a los agentes alcanzados por el art. 2° de la presente.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifìquese particularmente a los agentes comprendidos, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3451