DECRETO 125 2010 VICEPRESIDENCIA PRIMERA

Síntesis:

 CREA CAJA CHICA PARA CONMEMORAR EL BICENTENARIO MAYO DE 1810 Y RESPECTIVOS SUCESOS - FIJA MONTOS

Publicación:

02/07/2010

Sanción:

19/05/2010

Organismo:

VICEPRESIDENCIA PRIMERA


VISTO, el régimen de Caja Chica y Fondo Especial de Emergencia aprobado por el Decreto N° 327-VP-2005 y modificatorios, el Expediente N° 37.043, letra SA, año 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1, el Director General de la Comisión del Bicentenario de esta Legislatura solicitó la creación de una Caja Chica especial, destinada a conmemorar el Bicentenario de los hechos de Mayo de 1810 y los sucesos acaecidos en su consecuencia.

Que a fojas 2, la Secretaría Administrativa presta su conformidad, y a fojas 3 esta Vicepresidencia Primera autorizó la contratación de fuegos de artificio.

Que en el marco del evento mencionado, es pertinente la impresión de un libro conmemorativo con el objeto de dejar registro histórico del festejo patrio, como patrimonio de esta Legislatura Porteña.

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones, ante la demanda formulada por la Dirección General de la Comisión del Bicentenario, impulsó el procedimiento de creación de la Caja Chica solicitada.

Que por otra parte, en virtud de las circunstancias extraordinarias del evento a desarrollar, así como también los rubros de gastos comprendidos y las condiciones de mercado, corresponde liberar el tope de monto máximo por comprobante, con el objeto de no impedir el desarrollo de las contrataciones necesarias para cumplir el cometido encomendado.

Que la creación de esta Caja permitirá atender con celeridad y eficacia los requerimientos de la conmemoración, en el marco de lo normado por el artículo 10 del Decreto 327-VP-2005.

Que las circunstancias manifestadas fundan razonablemente la constitución del fondo de Caja Chica, con vencimiento el 15 de junio de 2010, con una finalidad de aplicación específica, destinada a la realización del evento especial citado, asignada a la Dirección General de Compras y Contrataciones, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL (0.000).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tuvo la intervención de su competencia.

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el Artículo 71 de la CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y el Artículo 88 del REGLAMENTO INTERNO DE LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1. CRÉASE una Caja Chica con vencimiento el 15 de junio de 2010, con la finalidad de aplicación específica destinada a conmemorar el Bicentenario de la Patria, en el marco del artículo 10 del Decreto N° 327-VP-2005.

ARTÍCULO 2. FÍJASE el monto del fondo de la Caja Chica para la conmemoración del Bicentenario de la Patria, asignada a la Dirección General de Compras y Contrataciones, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL (0.000).

ARTÍCULO 3. LIBÉRASE el tope de monto máximo por comprobante de compra de la Caja Chica creada en este acto, y autorizase a efectuar anticipo de gastos.

ARTÍCULO 4.- IMPÚTESE preventivamente en la partida presupuestaria relacionada correspondiente al año en curso.

ARTÍCULO 5.- REGÍSTRESE, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Financiero Contable y a la Dirección General de Compras y Contrataciones. Cumplido, archívese.- Moscariello

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
El Dec 125-VP-10 crea Caja Chica para conmemorar el Bicentenario en el marco del Dec 327-VP-05