RESOLUCIÓN 102 2010 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE PERMITE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN DIFERENTES TRAMOS DE ARTERIAS - PERMISO DE ESTACIONAR - PERMITIDO - BARRIOS - PALERMO - COLEGIALES - ADECUACIÓN POR DEMANDAS BARRIALES - ZAPATA - CIUDAD DE LA PAZ - AMENABAR - CRAMER - CONESA - ZAPIOLA - CAP GRAL RAMON FREIRE - GRAL ENRIQUE MARTÍNEZ - CONCEPCIÓN ARENAL - SANTOS DUMONT - TTE BENJAMIN MATIENZO - TRÁNSITO
Publicación:
26/07/2010
Sanción:
21/07/2010
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
VISTO:
la Nota N° 674259/DGTRANSI/10, y
CONSIDERANDO:
Que se ha realizado un estudio de una zona ubicada entre los barrios de Palermo y Colegiales, delimitada por: la Av. Cabildo, calle Dorrego, Av. Álvarez Thomas, calle Santos Dumont, calle Conde, calle Jorge Newbery, a fin de incrementar la oferta de estacionamiento en la vía pública, con el objeto de facilitar el mismo a los vecinos que moran en el lugar y a la concurrencia de público a los comercios, restaurantes y colegios de la zona;
Que se ha verificado que dichas vías, pueden albergar el estacionamiento junto a ambas aceras, observando una alta demanda de estacionamiento incluso junto a la acera izquierda donde actualmente está prohibido hacerlo; destacándose que la trama vial en ese sector corresponde a calles con circulación local a escala barrial, en su mayoría con pavimento granítico, con un ancho de calzada uniforme en el orden de los ocho (8) metros;
Que el artículo 7.1.16 titulado Adecuación por demandas barriales, del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorga la facultad de permitir el estacionamiento junto a la acera izquierda durante las 24 hs., en calles de más de ocho (8) metros de ancho;
Que estas autorizaciones serán consideradas normas particulares, siendo de aplicación lo normado en el artículo 7.1.12 de dicho Código, correspondiendo ejercer dicha facultad a esta Subsecretaría de Transporte, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 13 de la reglamentación aprobada por el Decreto N° 714-GCBA-2003, de aplicación en el presente caso.
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la delegación otorgada a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,
Artículo 1°.- Permitir el estacionamiento general de vehículos, junto a la acera izquierda, según el sentido de circulación, durante las 24 hs., en los siguientes tramos de arterias:
*ZAPATA: entre Concepción Arenal y Jorge Newbery.
*CIUDAD DE LA PAZ: entre Jorge Newbery y Santos Dumont.
*AMENABAR:entre Tte. Benjamin Matienzo y Jorge Newbery.
*CRAMER: entre Tte. Benjamin Matienzo y Dorrego.
*CONESA: entre Dorrego y Concepción Arenal.
*ZAPIOLA: entre Jorge Newbery y Dorrego.
*CAP. GRAL. RAMON FREIRE:entre Dorrego y Jorge Newbery.
*GRAL. ENRIQUE MARTÍNEZ: entre Dorrego y Santos Dumont.
*CONCEPCIÓN ARENAL: entre Cap. Gral. Ramón Freire y Amenabar, entre Av. Cabildo y Ciudad de La Paz y entre Av. Cabildo y Gral. Manuel N. Savio.
*SANTOS DUMONT: entre Ciudad de La Paz y Av. Cabildo y entre Conde y Av. Álvarez Thomas.
*TTE. BENJAMIN MATIENZO:entre Av. Cabildo y Amenabar y entre Cramer y Conde.
Artículo 2°.- Las medidas establecidas requerirán la instalación del pertinente señalamiento vertical, para lo cual la Dirección General de Tránsito realizará su instalación y fijará la fecha de su puesta en vigencia mediante el dictado de la correspondiente Disposición.
Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Direcciones Generales de Seguridad Vial y del Cuerpo de Agentes del Control de Transito y Transporte y a los Centros de Gestión y Participación Comunal Número 13 y 14, cumplido, continúese el trámite establecido en el artículo precedente. Dietrich