DECRETO 1613 2001
Síntesis:
AUTORIZA LA ENTREGA DE UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA MIL PESOS AL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. RAMOS MEJÍA" PARA LA CANCELACIÓN DE FACTURAS PENDIENTES DE PAGO POR ADQUISICIONES DE INSUMOS CRÍTICOS EN EL MARCO DEL FONDO DE EMERGENCIA PARA LA SALUD
Publicación:
25/10/2001
Sanción:
19/10/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 49.903/2001, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 7/GCBA/98 (B.O. N° 366/98) modificado por Decreto N° 504/GCBA/99 del 22/03/99 se creó el Fondo de Emergencia para la Salud con el objeto de financiar todos aquellos hechos no previsibles y que la demora en su cobertura implique riesgos a pacientes o bienes del Sistema de Salud;
Que la Dirección del Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Ramos Mejía" solicita una entrega adicional de fondos por un monto de pesos un millón seiscientos noventa mil ($ 1.690.000,00.-) que según surge de la solicitud elevada cuenta con respaldo presupuestario para su tramitación;
Que la situación planteada hace imprescindible instrumentar las medidas que permitan agilizar en esta oportunidad los pagos a realizar, en el marco de las políticas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría de Salud propicia el otorgamiento de fondos en forma excepcional para solventar la coyuntura financiera de las adquisiciones efectuadas por el Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Ramos Mejía";
Que por otra parte en aras de un eficiente y eficaz control del erario se impone la necesidad de establecer un plazo puntual para la verificación de las inversiones y gastos;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;
Artículo 1° - Entréguese, por única vez con carácter de excepción, al Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Ramos Mejía" dependiente de la Secretaría de Salud, la suma de pesos un millón seiscientos noventa mil ($ 1.690.000,00.-).
Artículo 2° - La suma dispuesta en el Art. 1° será exclusivamente destinada a la cancelación de las facturas que se encuentran pendientes de pago, por adquisiciones efectuadas en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 7/GCBA/98 (B.O. N° 366/98) modificado por Decreto N° 504/GCBA/99 del 22/3/99 y sólo podrá ser invertido en la cancelación de las facturas pendientes de pago previamente relevadas por la Secretaría de Salud, no pudiendo en ningún caso aplicarse a pagos de obligaciones de fecha posterior a la de este Decreto.
Artículo 3° - Autorízase en consecuencia a la Dirección General de Contaduría a incluir la presente entrega de fondos en una orden de pago.
Artículo 4° - Mantener como responsables de los fondos del presente a los funcionarios normados en el Art. 3° del Decreto N° 7/GCBA/98 (B.O. N° 366/98), debiendo ajustarse su utilización y rendición a las normas establecidas en el mismo.
Artículo 5° - El Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Ramos Mejía" deberá, dentro de los sesenta (60) días de acreditados los fondos rendir documentadamente la inversión de los mismos y proceder a la devolución de los saldos no invertidos si correspondiere.
Artículo 6° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Hospital General de Agudos "Dr. J. M. Ramos Mejía", y para su conocimiento y demás fines remítase a las Secretarías de Hacienda y Finanzas, de Salud y a la Dirección General de Contaduría.