RESOLUCIÓN 214 2010 F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
Síntesis:
ESTABLECE LA COORDINACIÓN DE SUPERVISIÓN AMPAROS Y JUICIOS INSTITUCIONALES LABORALES EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN JUDICIAL DE EMPLEO PÚBLICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO PÚBLICO DO LA PROCURACIÓN GENERAL ADJUNTA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y EMPLEO PÚBLICO - DESIGNA CORNO COORDINADORA A PATRICIA SILVINA MORA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA PROCURACIÓN GENERAL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MISIONES Y FUNCIONES
Publicación:
03/08/2010
Sanción:
26/07/2010
Organismo:
F/N PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD
VISTO:
El articulo 1341de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1218, el decreto 1804/GCBA/09, el decreto 2147/IVICDA/1984 y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 8O4/GCBA/09 se modifico la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de la citada legislación se delegó en el Procurador General la atribución de cubrir con el personal que integra la Procuración General, las unidades orgánicas do;conducción hasta el nivel de Dirección con carácter interino y hasta tanto se produzca la correspondiente cobertura de dichos cargos por concurso;
Que por razones de organización y mejor servicio, se entiende conveniente crear en el ámbito de la Dirección Judicial de Empleo Público de la Dirección General de Empleo Público de Procuración general Adjunta de Asuntos Institucionales y Empleo Publico, un área de Coordinación de Supervisión Amparos y Juicios Institucionales Laborales, destinada a la supervisión de los juicios de tal naturaleza del área;
Que tal propuesta ha sido avalada, en forma, previa, por el señor Director General de Empleo Publico, como por el señor Procurador General Adjunto de. Asuntos Institucionales y Empleo Público, los que, al fin señalado, han propuesto a la letrada doctora Patricia Silvina Mora;
Que la profesional que se designa para ejercer la función de coordinación mencionada precedentemente, mantiene el nivel alcanzado en su carrera escalafonaría y reúne los antecedentes de idoneidad profesional necesario para cumplir con la función requerida; ello, sin perjuicio de señalar que, de hecho, viene asumiendo la responsabilidad tenida en mira para la propuesta y la dependencia jerárquica directa del señor Jefe de Departamento de Personal;
Que el régimen de la caja de honorarios de la Procuración General esta regulado por el decreto 2147/IVICl3,A/1934, cuyo articulo 4 además de establecer en sus distintos incisos la asignación de puntales según la escala jerárquica dispone la aplicación del puntaje indicado se efectuara en base a las reales funciones cumplidas con independencia de la situación escalafonaria de revisas..., godo ello sin perjuicio de los derechos establecidos en la cláusula transitoria :segunda de la ley 1218.
Que el decreto 247/MCBN1 J84 distingue el puntaje asignado a cada rango de beneficiarios y establece un régimen de participación en los honorarios que pondera ' el mento de la tarea que implica responsabilidad de conducción profesional y supervisión sobre el trabajo de otras personas.
Que tal medida no implica aumento presupuestario alguno para esta Jurisdicción.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Art.1°. Establécese la Coordinación de Supervisión Amparos y Juicios Institucionales Laborales en el ámbito de la Dirección Judicial de Empleo Público de la Dirección General de Empleo Público do la Procuración General Adjunta de Asuntos Institucionales y Empleo Público con la funciones señaladas en los considerandos de la presente y de acuerdo a la asignación y detalle de las mismas que efectúa la titular de la aludida Dirección, y bajo la supervisión jerárquica del Departamento Personal.
Art. 2°. Desígnase corno Coordinadora a la agente Dra. Patricia Silvina Mora partir del 1 de agosto de 2010.
Art. 3°. La agente designada en el Art. 2° percibirá honorarios como Jefa/e de División, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 2147/MCBA/1984.
Art. 4°. La profesional individualizada en el Art. 2° mantiene el nivel alcanzado en la carrera escalafonaría. El puntaje de su participación en lo honorarios será con arreglo a las funciones efectivamente desempeñadas a partir de las responsabilidades conferidas en la, presente resolución.
Art. 5°. Registrase. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Procuración General Adjunta de Asuntos Institucionales y Empleo Público, a la Dirección General de Empleo Público, quien procederá a notificar la presente a la interesada, a la Dirección General Técnica y Administrativa y Legal y al Comité de Honorarios. Cumplido, archívese. Monner Sans