RESOLUCIÓN 84 2008 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

SE APRUEBA ADQUISICIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - UNIDAD FISCAL PARA LA INVESTIGACIÓN DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, LA TRATA DE PERSONAS Y LA PROSTITUCIÓN INFANTIL  -UFIINTSEX - RESMAS DE PAPEL

Publicación:

12/09/2008

Sanción:

29/08/2008

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO: el Convenio N° 4/GCABA/01 aprobado por la Ley N° 614; el Convenio N° 8/GCABA/05; la Ley N° 2506/07; el Decreto N° 2075/GCABA/07; el Expediente N° 48385/2008, el Decreto 2143/07 y su modificatorio el Decreto 329/08, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Convenio de Cooperación N° 4/GCABA/01 aprobado por la Ley N° 614, celebrado entre el Ministerio Publico Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en su cláusula 3° establece que, las partes pueden acordar proyectos complementarios, es que las partes firmaron el Convenio N° 8/GCABA/05, donde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se obliga a aportar, los elementos de infraestructura edilicia, mobiliario, equipamiento informático, línea(s) telefónica(s) fijas y celulares, servicios básicos, y los recursos económicos necesarios para permitir el funcionamiento de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual, la Trata de Personas y la Prostitución Infantil (UFIINTSEX);
Que en orden a las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la Ley 2506/07 y por el Decreto N° 2075/GCABA/07, se establece entre los objetivos de la Subsecretaría de Justicia, “Estudiar, convenir, gestionar y cumplir con lo establecido en el convenio aprobado por 614;
Que a fs.2 del Expediente N° 48385/2008 la UFI-INTSEX solicita la adquisición de 100 Resmas de Papel tamaño Oficio para continuar con el normal funcionamiento de esa Fiscalía;
Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el artículo 2° inciso a) del Decreto 329/08 por cuanto se trata de una operación impostergable;
Que el proveedor a quien se está adjudicando la presente contratación, se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores, tal como lo establece el artículo 2° inciso c) del Decreto 329/08;
Que el art.2 inc. e) del Decreto 2143/07, modificado por el Decreto 329/08 artículo 1° inciso d), faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos de imprescindible necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica;

Que en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 1° inciso d) del Decreto 329/08, la presente es la aprobación N° 3 del mes de Agosto de 2008 por un monto total acumulado de $ 4.779,28 (PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 28/100); 

Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto, imputando la erogación en cuestión a la partida del presupuesto en vigencia, por el monto de $ 1.805,00 (PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCO) en concepto de adquisición de 100 Resmas de Papel tamaño Oficio.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el art.1°, inciso d) del Decreto 329/08,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA
RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la adquisición de 100 Resmas de Papel Oficio a PAPELERA PERGAMINO SAICA por un importe total de $ 1.805,00 (PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCO).
Artículo 2°.- La presente erogación será afectada al presupuesto vigente Unidad Ejecutora 763 Subsecretaria de Justicia, Programa 38, Actividad 2, Inciso 2, Partida Principal 3, Partida Parcial 1.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCBA. Cumplido Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 84-SSJUS-08 aprueba adquisición en el marco del Convenio 8-05