RESOLUCIÓN 3981 2010 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

ESTABLECE NUEVAS FECHAS DE VENCIMIENTO LOS DÍAS 16 Y 17 DE SETIEMBRE DE 2010 PARA CANCELACIÓN DE CUOTAS DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGO CORRESPONDIENTES A LOS VENCIMIENTOS OPERADOS EL 22 DE AGOSTO Y EL 10 DE SETIEMBRE DE 2010  RESPECTIVAMENTE PARA CONTRIBUYENTES QUE SE ENCUENTRAN ADHERIDOS AL SISTEMA DE DÉBITO DIRECTO EN CUENTA BANCARIA Y-O TARJETA DE CRÉDITO NO COMPRENDIDOS EN LA EMISIÓN DE CARGOS GENERADOS PARA EL COBRO POR DICHO SISTEMA Y QUE NO POSEAN CANCELADA DICHA OBLIGACIÓN AL MOMENTO DE LA EMISIÓN DE LOS CARGOS.

Publicación:

17/09/2010

Sanción:

14/09/2010

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO:

los términos de la Resolución N° 3675-MHGC-09 (BOCBA N° 3311) yla actuación administrativa C.I. N° 1017257 - DGR - 10 y,

CONSIDERANDO:

Que por razones de índole operativa no se han efectuado los débitos directos de contribuyentes adheridos al sistema de pago por débito automático de Planes de Facilidades de las cuotas correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2010 originalmente emitidas para los vencimientos 25/08/2010 y 10/09/2010 respectivamente;

Que el alcance de tal situación comprende a contribuyentes con débito en cuenta bancaria y/o en tarjeta de crédito, a quienes no se les envió el cargo respectivo para su efectiva cancelación;

Que a los efectos de facilitar el pago del tributo es necesario que, para aquellos contribuyentes que perteneciendo a ese universo no posean abonada su obligación, se establezca una fecha de vencimiento especial en cada caso;

Por ello, y en uso a las facultades conferidas por el artículo 29 de la Resolución N° 3675-MHGC-09,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo1°.- Establécense como nuevas fechas de vencimiento los días 16 de Septiembre y 17 de Septiembre de 2010, para la cancelación de las cuotas de planes de facilidades de pago correspondientes a los vencimientos operados el 25/08/2010 y el 10/09/2010 respectivamente, de aquellos Contribuyentes que se encuentran adheridos al sistema de Débito Directo, que no resultaron comprendidos en la emisión de cargos generados para el cobro por dicho sistema y que no posean cancelada dicha obligación al momento de la emisión de los cargos.

Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a las distintas dependencias de esta Dirección General, a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Leguizamon

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Res 3981-DGR-10 establece nuevas fechas de vencimiento los días 16 Y 17 de setiembre de 2010 para cancelación de cuotas de planes de facilidades de pago correspondientes a los vencimientos operados el 22 de agosto y el 10 de setiembre de 2010 respectivamente para contribuyentes que se encuentran adheridos al sistema de débito directo en el marco de la Res 3675-MHGC-09