RESOLUCIÓN 725 2010 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
MODIFICACIÓN - REGLAMENTO INTERNO DE LOS JUZGADOS Y DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO - GRATIFICACIÓN - FUNCIONARIOS - OBLIGACIÓN DE REEMPLAZAR - REEMPLAZANTES - COBERTURA DE CARGO VACANTE - PODER JUDICIAL - SUBROGANCIAS - SUBROGANTES - REMUNERACIÓN
Publicación:
20/09/2010
Sanción:
09/09/2010
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO:
La Resolución CM N° 302/2002 y sus modificatorias;
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada resolución se aprobó el Reglamento Interno de los Juzgados y dependencias del Ministerio Publico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el artículo 1.14.4.6 del citado reglamento establece una gratificación a favor de los funcionarios que tienen obligación legal o reglamentaria de reemplazar en cargos de igual o superior jerarquía de que aquel de que son titulares, cuando el cargo a cubrir se halle vacante, cuando al titular no le correspondiera liquidación de haberes o se encuentre en uso de licencia, y cuando el periodo de reemplazo sea superior a treinta (30) días.
Que la Constitución Nacional, en su artículo 14 bis, consagra la garantía de igual remuneración por igual tarea.
Que sabido es que la atribución de funciones adicionales conlleva un aumento de las tareas propias y específicas asignadas a los funcionarios con el consiguiente sacrificio que demanda el incremento de labores y responsabilidades.
Que por los argumentos expuestos, razones de equidad aconsejan otorgar una gratificación en el supuesto en que los períodos de subrogancia de funciones sean inferiores a treinta (30) días y superiores a tres (3) días hábiles consecutivos.
Que en consecuencia, corresponde modificar el articulo 1.14.4.6 del Reglamento Interno de los Juzgados y Dependencias del Ministerio Publico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de contemplar la gratificación referida.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 116 de la Constitución de la Ciudad, y la Ley N° 31,
Art. 1°: Modificar el articulo 1.14.4.6 del Reglamento Interno de los Juzgados y dependencias del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y agregar como inciso c) el siguiente texto:
c) Cuando el período de reemplazo sea inferior a treinta (30) días y superior a tres (3) días hábiles consecutivos, la gratificación consistirá en el proporcional de la tercera parte del sueldo correspondiente al cargo de igual jerarquía que se reemplaza, o a la diferencia de sueldos existentes entre ambos cargos en supuestos de diferente jerarquía, de acuerdo a los días trabajados.
Art. 2°: Establecer que la modificación reglamentaria dispuesta en el articulo 1° de la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sólo será aplicable a las subrongancias que se originaren con posterioridad a dicha fecha.
Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página Web del Poder Judicial de la CABA, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese. López Vergara - Moya