RESOLUCIÓN 294 2010 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
MODIFICACIÓN - COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS CREADA POR LA RESOLUCIÓN 57-APRA-10 - ADRIANA LÓPEZ - TITULARES - JUAN JOSÉ CARBON - PAYBA TERESA - SUPLENTES - BOHÉGREGOIRE YANINA - REPETTO GABRIEL - GAZPES - LEVERATTO - GEORGINA SCHEMBERG - ARAGONES JUAN IGNACIO - TORRENT MARIA PAULA - BUSTOS EMILIANO - DE CASAS MARIA INES - ORIA BERMÚDEZ ELEONORA - ROMERO NELIDA YOLANDA - RODRÍGUEZ LLANOS MICAELA - TRINCHERI - ORLANDO FERNÁNDEZ BADOS - FERNÁNDEZ ALONSO JUAN CARLOS - FILIPELLI MIGUEL - MARTINEZ ARIEL WALTER - SCHEJTMAN LORENA- BALDÓNI LEONEL - PAPALEO CLELIA - BRUCHANSKI XIMENA - COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA DE BIENES Y SERVICIOS - JEFE DE GABINETE - RECIO SERGIO - LÓPEZ NORMA - CAPELO PATRICIA - JUAN CARLOS PIGÑER - PABLO ANDRÉS IBAÑEZ - CUTINA MAGALID
Publicación:
27/09/2010
Sanción:
20/09/2010
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
Las Leyes N° 70, N° 2.628 y N° 2.095, los Decretos N° 1378/08 y N° 754/08, las Resoluciones Nros. 45/APRA/09, 191/APRA/09, 57/APRA/10 y 186/APRA/10, el Informe N° 6534/DGCYC/08, el Expediente N° 22.462/09 y el Expediente N° 42.790/09;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo III de la Ley precedentemente citada la Agencia de Protección Ambiental se rige en su gestión financiera, patrimonial y contable por las disposiciones de esta ley, siendo de aplicación respecto de sus competencias y en lo que aquí respecta, las Leyes N° 70 Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y N° 2.095, Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° inciso b) de la Ley N° 2.628, es función de esta Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos.;
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;
Que asimismo, la citada Ley, establece el régimen de compras y contrataciones de bienes y servicios, de aplicación para las entidades autárquicas, regulando las obligaciones y derechos que derivan de dicho procedimiento;
Que, por su parte el Decreto N° 754/08 reglamenta la mencionada ley;
Que mediante el Decreto N° 1378/08 se dispuso que los órganos superiores de las entidades descentralizadas dictarán las disposiciones y reglamentaciones necesarias para adaptar procedimientos y asignar competencias internas para cada una de las funciones y autorizaciones previstas en las Leyes N° 70, 471 y 2095;
Que, sobre el particular, y conforme lo establecido en el art. 17 de la Ley N° 2.095, la organización del sistema de compras y contrataciones impone la conformación de Unidades Operativas de Adquisiciones en las áreas de contrataciones y adquisiciones que funcionan o que en el futuro se establezcan en cada una de las jurisdicciones y entidades de la Ciudad;
Que para mayor abundamiento, en función de la consulta realizada al Ministerio de Hacienda de la Ciudad, mediante informe N° 6.534/ DGCyC/08 se informó que en el marco de la normativa vigente en materia de compras y contrataciones esa Agencia permanece habilitada como Unidad Operativa de Adquisiciones y se encuentra en condiciones de funcionar como tal.;
Que de conformidad con lo expresado y lo dispuesto por la Ley N° 2.095, artículo 17, y su Decreto Reglamentario N° 754/08, y lo dispuesto por Resolución N° 45/APRA/09, resultó procedente designar como titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones a la titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental;
Que en el mismo sentido, la Resolución N° 45/APRA/09, creó dentro de la estructura de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, una Unidad de Coordinación de Compras y Contrataciones que asiste en la ejecución de las funciones a la Unidad Operativa de Adquisiciones; y un Departamento de Adquisiciones, en el ámbito de la mencionada Unidad de Coordinación, que asiste a ésta última en el cumplimiento de las responsabilidades primarias que le competen;
Que en el artículo 1° del acto administrativo detallado precedentemente, se designó titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Protección Ambiental a la Directora General Técnica, Administrativa y Legal, o quien en el futuro la reemplace;
Que en tal sentido mediante Resolución N° 186/APRA/10, se aceptó la renuncia de la Dra. Silvia Cristina Nonna, designándose al Dr. Juan Rodrigo Walsh, a cargo de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental;
Que asimismo, en la Resolución N° 45/APRA/09, en su artículo 4°, se dio origen a la Comisión Evaluadora de Ofertas (C.E.O.), y en el artículo 5°, se designaron a los responsables de la recepción de Bienes y Servicios, deviniendo necesario por Resolución N° 191-APRA-09 modificar las C.E.O.;
Que en tal sentido, los responsables designados por Resolución N° 45/APRA/09 tanto para la recepción Bienes y Servicios, como algunos de los designados mediante Resolución N° 191-APRA-09, quienes conforman la C.E.O, han dejado de prestar servicios en esta Agencia;
Que en este sentido deviene necesario designar a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Evaluación de Ofertas y dar debida creación a una Comisión de Recepción Definitiva de bienes y servicios, con el fin de perfeccionar los trámites y otorgarles mayor celeridad, transparencia y eficiencia;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628, y el Decreto N° 53/GCBA/08,
Artículo 1°.- Modifíquese la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas creada por el art. 2° de la Resolución N° 57/APRA/10, la cual quedará integrada por los miembros titulares y suplentes que se detallan en el Anexo I del presente acto.
Artículo 2°.- Sustitúyase el artículo 5° de la Resolución N° 45-APRA-09, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Constituyese la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios , la cual estará integrada en forma permanente y en función del área requirente, por el Sr. Jefe de Gabinete de esta Agencia y en función del área requirente, por los siguientes miembros: Por la DGTAL: Recio Sergio, DNI: 10.127.403; Por la DGET: López Norma, DNI: 10.373.849; Por la DGPLANE: Capelo Patricia, DNI: 16.682.880; Por la DGCONT: Juan Carlos Pigñer, DNI: 10.419.100; Por la UFCO: Pablo Andrés Ibañez, DNI: 18.258.382; Por la URRICI: Cutina Magalid, DNI: 23.783.162.
Articulo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a los Directores Generales de la Agencia de Protección Ambiental, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Unidad Funcional de Coordinación de Relaciones Institucionales, Comunicación e Información y a la Unidad Funcional de Coordinación Operativa; cumplido, archívese. Corcuera Quiroga