RESOLUCIÓN 25 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

 MODIFICA LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS

Publicación:

31/01/2011

Sanción:

24/01/2011

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

Las Leyes N° 70, N° 2.095, N° 2.628 y, los Decretos N° 754/08 y N° 1378/08 y, las Resoluciones N° 45/APRA/09, N° 191/APRA/09, N° 57/APRA/10 y N° 294/APRA/10, el Informe N° 6534/DGCYC/08, y el Expediente N° 96595/2011;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo III de la ley precedentemente citada, la Agencia de Protección Ambiental se rige en su gestión financiera, patrimonial y contable por las disposiciones de esa ley y los reglamentos que a tal fin se dicten, aclarándose seguidamente que son de aplicación respecto a sus competencias, las Leyes Nros. 70 de “Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires“, N° 471 y N° 2.095 o las que eventualmente las reemplacen parcial o totalmente;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° inciso b) de la Ley N° 2.628, es función de esta Presidencia: “Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos...“;

Que la mentada Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08 establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;

Que, asimismo, la citada Ley N° 2.095 establece en su art. 2, inc. a), que el régimen de compras y contrataciones de bienes y servicios, resulta de aplicación para las entidades autárquicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por otra parte, por el Decreto N° 1.378/08 resolvió que a los órganos superiores de las entidades descentralizadas le corresponde definir las competencias internas para cada una de las funciones y autorizaciones previstas en las Leyes N° 70, N° 471 y N° 2095, así como la aplicación de los instrumentos contenidos en reglamentaciones operativas;

Que, sobre el particular, conforme lo establece el 17 de la Ley N° 2.095, la organización del sistema de compras y contrataciones requiere la conformación de Unidades Operativas de Adquisiciones en las áreas de contrataciones y adquisiciones que funcionan o que en el futuro se establezcan en cada una de las jurisdicciones y entidades de la Ciudad;

Que, la Resolución N° 88/MAYEP/2008 estableció que la Agencia de Protección Ambiental funciona como Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que, a mayor abundamiento, en función de la consulta realizada al Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Informe N° 6.534/DGCyC/08 se sostuvo que: “en el marco de la normativa vigente en materia de compras y contrataciones esa Agencia permanece habilitada como Unidad Operativa de Adquisiciones y se encuentra en condiciones de funcionar como tal.“ (Conf. fs. 10/11 C.N. N° 469/APRA/08);

Que, en ese sentido, la Resolución N° 45/APRA/09 creó dentro de la estructura de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental, una Unidad de Coordinación de Compras y Contrataciones que asiste en la ejecución de las funciones a la Unidad Operativa de Adquisiciones, como así también un Departamento de Adquisiciones, en el ámbito de la mencionada Unidad de Coordinación, que asiste a ésta última en el cumplimiento de las responsabilidades primarias que le competen;

Que, asimismo, por el artículo 4° de la mentada Resolución N° 45/APRA/09 se constituyó la Comisión Evaluadora de Ofertas (C.E.O) integrada por dos representantes del área solicitante de la adquisición y un representante de cualquiera de las otras Direcciones Generales o Unidades Funcionales dependientes de la Presidencia, distinta del área solicitante;

Que, posteriormente, mediante el artículo 2° de la Resolución N° 57/APRA/2010 modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 294/APRA/2010 se adecuó la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas;

Que, en virtud de la nueva estructura organizativa de la Agencia de Protección Ambiental aprobada por la Resolución N° 390/APRA/2010, deviene necesario adecuar nuevamente la conformación de la Comisión Evaluadora de Oferta;

Que, a tales efectos, corresponde aclarar que el artículo 105 del Decreto N° 754/08 reglamentario de la Ley N° 2.095, establece que cada Comisión Evaluadora de Oferta deberá estar integrada como mínimo por (3) tres miembros, aclarando que cuando se trate de contrataciones para cuya apreciación se requieran conocimientos técnicos o especializados, la misma debe estar integrada además por un técnico o, en su defecto, se habilita a la Comisión a solicitar a otros organismo estatales o privados competentes, todos los informes que estimen necesarios;

Que, por lo expuesto, se ha considerado conveniente establecer que la Comisión Evaluadora de Oferta se conforme por un (1) representante permanente en carácter de presidente, un (1) representante permanente, abogado, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, un (1) representante permanente de la Oficina de Gestión Sectorial (OGESE), y un (1) representante técnico en función del área requirente, previéndose asimismo a los responsables que actuarán en carácter de suplentes;

Que por las mismas razones expuestas precedentemente, resulta necesario modificar la conformación de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios constituida en por el artículo 4° de la Resolución N° 45/APRA/09, siguiendo para ello la pauta establecida en el art. 116 de la Ley N° 2.095, en cuanto a que cada entidad debe designar el o los responsables de la recepción definitiva, siendo patrimonialmente responsables y debiendo recibir los bienes o la prestación de servicios in situ.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628, y el Decreto N° 442/2010,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas constituida por el artículo 4° de la Resolución N° 45/APRA/09, la cual quedará integrada por un (1) representante permanente en carácter de presidente, un (1) representante permanente, abogado, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, un (1) representante permanente de la Oficina de Gestión Sectorial (OGESE), y por un (1) representante técnico en función del área requirente, y los respectivos suplentes conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Modifícase la composición de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios constituida por el artículo 5 de la Resolución N° 45/APRA/09, la cual quedará integrada por un (1) representante permanente y un (1) representante técnico en función del área requirente, y los respectivos suplentes conforme se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.

Articulo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Directores Generales de la Agencia de Protección Ambiental, y a la Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3595

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
modifica la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas
MODIFICA
modifica la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas
MODIFICA
modifica la composición de la Comisión Evaluadora de Ofertas