DISPOSICIÓN 11 2010 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
TRAMITARÁN POR EXPEDIENTE LOS CÓDIGOS DE LAS SIGUIENTES ACTUACIONES CA-RE- CG-CM-CD-PD - HASTA FIJACIÓN DE CRONOGRAMA DE REEMPLAZO CONTINUARÁN VIGENTES LOS CÓDIGOS DE LAS ACTUACIONES AC- AD-TS - AT - AB - OP-OG - CC- CF - NOMENCLADOR DE TRATAS
Publicación:
12/10/2010
Sanción:
06/10/2010
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
VISTO:
los Decretos N° 2008/2003, 935/2008, y 589/2009, y las Resoluciones N° 96/SECLyT/2009 y 138/SECLyT/2010 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2008/2003 sancionó el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y de actuaciones administrativas;
Que por Decreto 935/2008 se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a actualizar y modificar el Reglamento para el inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes;
Que, posteriormente, por Decreto N° 589/2009, se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos ¬SADE¬ como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dicho decreto designó a la Secretaría Legal y Técnica como administradora del SADE con competencia para administrar en forma integral el Sistema; b) habilitar a los administradores locales; c) actualizar el nomenclador de actuaciones y de tratas; d) actualizar las tablas referenciales; e) asignar usuarios y permisos; f) auditar y controlar el funcionamiento, los usuarios y el ingreso de datos al sistema; g) capacitar y prestar asistencia a los administradores locales del sistema;
Que, asimismo y a los fines de la implementación y el funcionamiento del SADE, se facultó a la mencionada Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias;
Que en su art. 3°, la mencionada norma, reconoció a la Secretaría Legal y Técnica en su calidad de administradora del SADE, la facultad de actualizar el nomenclador de actuaciones y tratas;
Que, en virtud de esas facultades, la Secretaria Legal y Técnica dictó la Resolución 119-SECLYT-09 y en su artículo 2° se estableció en tres (3) y seis (6) meses, en uno (1), dos (2), cinco (5) y diez (10) años y de vigencia administrativa, los plazos de guarda, en correspondencia con los temas de que tratan los expedientes, conforme lo dispuesto en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII;
Que, posteriormente, en el marco del proceso de modernización del Estado se han incorporado nuevas herramientas tecnológicas y, advirtiendo que algunas tratas de expedientes han perdido actualidad, se ha solicitado a través de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo a las distintas áreas que renueven el cuadro de tratas de los expedientes que tramitan en sus respectivas jurisdicciones;
Que las áreas requeridas dieron cumplimiento a lo solicitado, y por Resolución N° 133/SECLyT/2010, se aprobó el nuevo nomenclador de tratas de expedientes con sus respectivos plazos de guarda;
Que, asimismo, dentro de la política de modernización administrativa se han ido incorporando nuevas herramientas tecnológicas a la generación de documentos y en la tramitación de los expedientes;
Que este nuevo contexto tornó necesario modificar el Reglamento para el Inicio, Ordenamiento, Registro y Circulación de Expedientes y Actuaciones Administrativas previendo entre otras medidas, la descentralización de la caratulación de expedientes, la incorporación de las Comunicaciones Oficiales a través del Módulo del SADE, etc.;
Que, por ello en uso de tales facultades, la Secretaría Legal y Técnica dictó la Resolución N° 138/2010 por la que modificó tal Reglamento;
Que atento el conjunto de normas antes referidas y dada su interrelación en las temáticas abordadas se requiere precisar algunas cuestiones a los fines de una ordenada implementación de las medidas adoptadas;
Que el Decreto 1013/2009 modificó y complementó la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica;
Que dicha norma estableció que corresponde a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo organizar el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos- SADE;
Que las Resoluciones N° 133/SECLyT/2010 y 138/SECLyT/2010 han previsto la intervención de esa Dirección a los fines de la implementación del SADE;
Que, por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Tramitarán por expediente conforme el nomenclador de Tratas aprobado por Resolución N° 133/SECLyT/2010 los códigos de las siguientes actuaciones:
Artículo 2°.- Establécese que, hasta tanto se fije el cronograma de reemplazo, continuarán vigentes los Códigos de las siguientes Actuaciones:
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes Descentralizados, Organismos Fuera de Nivel y Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Rodríguez