RESOLUCIÓN 133 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - ESTABLECE PLAZOS PARA GUARDA DE LOS EXPEDIENTES EN TRES -3- Y SEIS -6-MESES, EN UNO -1- DOS -2- CINCO -5-DIEZ -10- AÑOS Y CUARENTA -40- AÑOS CORRESPONDIENTES CON LOS TEMAS DE QUE TRATAN LOS EXPEDIENTES - LOS ORGANISMOS DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD PUEDEN REQUERIR EL ALTA DE NUEVAS TRATAS USANDO MÓDULO COMUNICADOS OFICIALES DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS -SE FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO DETERMINAR EL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR NUEVAS TRATAS
Publicación:
01/10/2010
Sanción:
21/09/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO:
los Decretos N° 2006/03, N° 2007/03, N 608/08, N° 589/09 y 287/10, las Resoluciones N° 119-SECLYT-09, N° 12/SECLYT/2010 y 87/SECLYT/10, las Disposiciones N° 10MGESyA/06, N° 12/MGESyA/06, N° 05/MGESyA/07, N° 13/MGESyA/07, N° 19/MGESyA/08, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2006/2003 se aprobó el nomenclador de tratas correspondientes a los expedientes caratulados por las distintas áreas del Gobierno,
Que, por su parte, el Decreto N° 2007/2003 estableció los plazos de guarda en dos (2), cinco (5) y diez (10) años, y con vigencia administrativa (anteriormente denominados permanentes), en correspondencia con las tratas de los expedientes aprobadas por Decreto 2006/2003,
Que el articulo 7° del Decreto N° 2007/2003 reconoció en la entonces Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de la ex Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica la facultad de actualizar el nomenclador de tratas;
Que, en ese marco, la mencionada Dirección dictó las Disposiciones N° 10/MGESyA/06, N° 12/MGESyA/06, N° 05/MGESyA/07, N° 13/MGESyA/07, N° 19/MGESyA/08 actualizando el nomenclador de tratas;
Que, posteriormente, por Decreto N° 589/09 se aprobó la implementación del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de caratulacíón, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del GCBA;
Que en su art. 3°, la mencionada norma, reconoció a la Secretaría Legal y Técnica en su calidad de administradora del SADE, la facultad de actualizar el nomenclador de actuaciones y tratas;
Que, en virtud de esas facultades, la Secretaria Legal y Técnica dictó la Resolución 119-SECLYT-09 por la cual se dio de baja algunas tratas;
Que por su art 2° se estableció en tres (3) y seis (6) meses, en uno (1), dos (2), cinco (5) y diez (10) años y de vigencia administrativa, los plazos de guarda, en correspondencia: con los temas de que tratan los expedientes, conforme lo dispuesto en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII;
Que, posteriormente, y atento lo solicitado por la Dirección General de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección Ambiental, se rectificó el art 2° de la Resolución 119-SECLYT-09 a través del dictado de la Resolución N° 12/SECLyT/2010, conforme a lo dispuesto por el articulo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo;
Que, por su parte de la Dirección General de Contaduría mediante Nota N° 00610337-DGCG-2010 acompañó nuevo detalle de los códigos de tratas vinculados con entregas de fondo con plazo de guarda de diez (10) años;
Que dicha solicitud fue receptada mediante el dictado de la Resolución N° 87/SECLYT/10, incorporando nuevas tratas al Nomenclador anteriormente aprobado; Que en el marco del proceso de modernización del Estado se han incorporado nuevas herramientas tecnológicas y, advirtiendo que algunas tratas de expedientes han perdido actualidad, se ha solicitado a través de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo a las distintas áreas que renueven el cuadro de tratas de los expedientes que tramitan en sus respectívas jurisdicciones;
Que las áreas requeridas han dado cumplimiento a lo solicitado, siendo pertinente aprobar el nuevo nomenclador de tratas de expedientes con sus respectivos plazos de guarda:
Que, asimismo, y a efecto de facilitar el trámite de altas de tratas requeridas por las áreas es necesario prever un procedímiento ágil y sencillo que permita atender de manera adecuada sus requerimientos;
Que por Decreto N° 287/10 se instruyó a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el módulo COMUNICACIONES OFICIALES del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;
Que las distintas áreas que componen el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires han sido capacitadas para utilizar esta nueva herramienta tecnológica, siendo un instrumento útil y eficaz como modo de comunicación frente a diferentes requerimientos;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Articulo 1°.- Establécese en tres (3) y seis (6) meses, en uno (1), dos (2), cinco (5), diez (10) años y cuarenta (40) años, los plazos de guarda, en correspondencia con los temas de que tratan los expedientes, conforme lo dispuesto en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII adjuntos, los que a todos sus efectos forman parte de la presente.
Articulo 2°.- Establécese que los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad podrán requerir el alta de nuevas tratas utilizando el módulo COMUNICACIONE OFICIALES del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos, dirigiéndose a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de esta Secretaria Legal y Técnica.
Articulo 3°.- Facultase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo a determinar el procedimiento para la incorporación de nuevas tratas, a partir de los requerimientos formulados por las áreas.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3516