RESOLUCIÓN 164 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
RECTIFICA LA RESOLUCIÓN N° 133-SECLYT/10 - ESTABLECE PLAZOS DE GUARDA, EN CORRESPONDENCIA CON LOS TEMAS QUE TRATAN EXPEDIENTES - ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA ALTA DE NUEVAS TRATAS UTILIZANDO EL MÓDULO COMUNICACIONES OFICIALES DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, DIRIGIÉNDOSE A LA DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO, DEPENDIENTE DE ESTA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA.
Publicación:
11/11/2010
Sanción:
02/11/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Buenos Aires 2 de noviembre de 2010
VISTO:
El Decreto N° 287/10 y N° 1510/1997 y la Resolución N° 133/SECLYT/10; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del proceso de modernización del Estado se incorporaron nuevas herramientas tecnológicas;
Que de la tramitación de los expedientes iniciados por las distintas áreas surge que algunas tratas de expedientes han perdido actualidad;
Que, en consecuencia, a través de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo se ha solicitado a las distintas áreas que renueven el cuadro de tratas de los expedientes que tramitan en sus respectivas jurisdicciones;
Que las áreas requeridas han dado cumplimiento a lo solicitado, siendo pertinente aprobar el nuevo nomenclador de tratas de expedientes con sus respectivos plazos de guarda;
Que por Resolución N° 133/SECLYT/2010 se estableció en tres (3) y seis (6) meses, en uno (1), dos (2), cinco (5), diez (10) años y cuarenta (40) años, los plazos de guarda, en correspondencia con los temas de que tratan los expedientes, conforme lo dispuesto en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII adjuntos;
Que, asimismo, y a efecto de facilitar el trámite de altas de tratas requeridas por las áreas es necesario prever un procedimiento ágil y sencillo que permita atender de manera adecuada sus requerimientos;
Que por Decreto N° 287/10 se instruyó a los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad a utilizar el módulo COMUNICACIONES OFICIALES del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;
Que las distintas áreas que componen el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires han sido capacitadas para utilizar esta nueva herramienta tecnológica, siendo un instrumento útil y eficaz como modo de comunicación frente a diferentes requerimientos;
Que posteriormente, se ha advertido la necesidad de modificar algunos Anexos de dicha resolución;
Que en particular, es preciso consignar nuevas tratas de expedientes a fin de identificar procesos o trámites impulsados por distintas áreas;
Que asimismo, atento la normativa vigente y específica de algunas tratas es necesario modificar la nominación de las mismas, así como el organismo de archivo de los expedientes;
Que el Decreto 1510/1997 expresa en el artículo 120 que En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Articulo 1°.- Rectifícase la Resolución N° 133/SECLyT/2010.
Artículo 2°.- Establécese en tres (3) y seis (6) meses, en uno (1), dos (2), cinco (5), diez (10) años y cuarenta (40) años, los plazos de guarda, en correspondencia con los temas de que tratan los expedientes, conforme lo dispuesto en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII adjuntos, los que a todos sus efectos forman parte de la presente.
Artículo 3°.- Establécese que los organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad podrán requerir el alta de nuevas tratas utilizando el módulo COMUNICACIONES OFICIALES del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos, dirigiéndose a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de esta Secretaría Legal y Técnica.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3542