DISPOSICIÓN 192 2010 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

 PRORROGA VIGENCIA DE LA DISPOSICIÓN N° A 181-DGC-10 EN SUS ARTÍCULOS 1° Y 2° A PARTIR DEL 1° DE NOVIEMBRE DE 2010 - DOCUMENTACIÓN QUE DEBEN PRESENTAR LAS REPARTICIONES DEL MINISTERIO DE HACIENDA PARA RENDICIÓN DE FONDOS DEL DECRETO 67/10

Publicación:

19/10/2010

Sanción:

14/10/2010

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO:

la Ley 70, el Decreto N° 67/10 y la Resolución reglamentaria N° 51-MHGC/10, el Decreto N° 263/10 (B.O. N° 3396) y las Disposiciones N° 82-DGC/10, N° 83-DGC/10 y N° 181-DGC/10 y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 67/10 aprobó el régimen para la asignación de fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 16 del Anexo de la Resolución N° 51-MHGC/10 que reglamenta dicho Decreto establece que “Los responsables de la administración y rendición de Fondos deberán dar el alta patrimonial de los bienes adquiridos cuando corresponda; las constancias de la tramitación respectiva formarán parte de la rendición y serán condición para su aprobación”;

Que el punto 6 del Anexo V (“Contenido de una Rendición de Cuentas”) de la Disposición N° 9-DGC/10 prescribe que dichas rendiciones deben contener “Comprobante de Alta Patrimonial de Bienes Inventariables…”.

Que por el Decreto N° 263/10, se aprobó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha normativa establece entre otras cuestiones que la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda es el Órgano Rector de dicho Sistema, pudiendo en consecuencia dictar las normas reglamentarias y complementarias que hagan a la ejecución del presente régimen;

Que mediante Disposición N° 82-DGC/10 se aprobó la Reglamentación al Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Disposición N° 83-DGC/10 reglamentó el artículo 13, inc. b) del Anexo del Decreto N° 263/10, en relación a los “Conceptos de Altas y Bajas“;

Que mediante Disposición N° A 181-DGC/10 se dispuso la documentación que deben presentar las reparticiones del Ministerio de Hacienda para la rendición de fondos del Decreto 67/10;

Que dicho acto administrativo rige a partir del 1° de octubre de 2010;

Que debido a la implementación del nuevo sistema, se torna necesaria la capacitación de los agentes encargados de su instrumentación;

Que es preciso prorrogar la implementación de la Disposición N° A 181-DGC/2010.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 263/10,

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CONTADURÍA

DISPONE

Artículo 1°.- Prorrogase la vigencia del artículo 1° de la Disposición N° A 181-DGC/10 a partir del 1° de noviembre de 2010.

Artículo 2°.- Prorrogase la vigencia del artículo 2° de la Disposición N° A 181-DGC/10 a partir del 1° de noviembre de 2010.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Organismos Descentralizados que le dependan y a través del Departamento Administrativo a las Direcciones, Representaciones, Delegaciones y al Departamento Contabilidad de Patrimonio y Responsables, dependientes de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Área Departamento Técnico Normativo de la Dirección Operativa Legal de esta Dirección General de Contaduría. Harbin

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 181/DGCG/10 prorroga la vigencia del artículo 1° de la Disposición N° A 181-DGC/10 a partir del 1° de noviembre de 2010.</p><p>Artículo 2°prorroga la vigencia del artículo 2° de la Disposición N° A 181-DGC/10 a partir del 1° de noviembre de 2010.</p>