DECRETO 850 2010
Síntesis:
APRUEBA EL TEXTO DEL ACUERDO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA A SUSCRIBIRSE CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO - ESTUDIO RELEVAMIENTO PERSONAS VÍCTIMAS SOBREVIVIENTES DE LA TRAGEDIA DE CROMAÑON - BENEFICIARIAS DE SUBSIDIO
Publicación:
23/11/2010
Sanción:
15/11/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes N° 1.638, N° 2036, los Decretos N° 84/2008, N° 543/2008, N° 1172/2008 y el Expediente N° 734.060/2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 543/08 se aprobó el texto del Acuerdo de Colaboración y Asistencia Técnica entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional de Tres de Febrero y se facultó al Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Derechos Humanos a suscribirlo;
Que el objeto de dicho Acuerdo consistió en el relevamiento e informe socio-ambiental de la totalidad de los sobrevivientes y familiares de las víctimas de la Tragedia de Cromañon beneficiarios del subsidio otorgado mediante el Decreto N° 84/2008;
Que la Universidad Nacional de Tres de Febrero efectuó el relevamiento -motivo del Acuerdo- sobre un total de Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Dos (1.462) personas sobre un universo de Un Mil Novecientos Treinta y Dos (1.932) encuestados entre sobrevivientes y familiares de las víctimas;
Que atento al tiempo transcurrido desde la finalización del anterior relevamiento se propicia suscribir un nuevo Acuerdo para actualizar su información a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 1.638, su modificatoria N° 2036 y el Decreto N° 1172/2008, que garantizan a las víctimas de la Tragedia de Cromañon la asistencia económica hasta tanto se le otorgue el alta médica y social definitiva contemplando para ello los cambios socio-ambientales producidos en el grupo familiar conviviente de los beneficiarios;
Que el relevamiento en cuestión se efectuará sobre el total de Un mil (1.000) personas víctimas sobrevivientes de la Tragedia de Cromañon actualmente beneficiarias del subsidio otorgado mediante el Decreto N° 84/2008 y sin que ello implique aumentar la población actual de los beneficiarios del subsidio;
Que por lo expuesto resulta conveniente aprobar el texto del Acuerdo que tiene por objeto el relevamiento mencionado y facultar al titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos - dependiente de la Secretaría de Inclusión y Derechos Humanos de la Jefatura de Gabinete de Ministros- a suscribirlo.
Por ello, y en uso de las atribuciones contempladas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el texto del Acuerdo de Colaboración y Asistencia Técnica a suscribirse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional de Tres de Febrero, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Facúltase al titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría de Inclusión y Derechos Humanos de la Jefatura de Gabinete de Ministros a suscribir el Acuerdo, cuyo texto se aprueba por el artículo 1° del presente.
Artículo 3°.- El presente gasto se imputó a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2010.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Derechos Humanos, a la Dirección General de Escribanía General. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3549