LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2010

Síntesis:

DECLARACIÓN DE BIEN CULTURAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - TORRE ESPACIAL - PARQUE DE LA CIUDAD - MONUMENTOS

Publicación:

07/12/2010

Sanción:

18/11/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declarase Bien Cultural de la Ciudad de Buenos Aires según lo establecido en la ley 1227Art.4 inc. b) “Monumento” a la Torre Espacial del Parque de la Ciudad.

Art. 2°.- Publiquese y cumplase con lo dispuesto en los Arts. 89, inc. 3 y 90 de la Constitucion de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.-Moscariello - Pérez

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