LEY 3860 2011

Síntesis:

DECLARACIÓN DE BIEN CULTURAL - MONUMENTO TORRE ESPACIAL - PARQUE DE LA CIUDAD - BIENES DE INTERÉS CULTURAL - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

16/09/2011

Sanción:

11/08/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

05/09/2011


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Declarase Bien Cultural de la Ciudad de Buenos Aires según lo establecido en la Ley 1227 Art. 4 inc. b) �Monumento� a la Torre Espacial del Parque de la Ciudad.

Art. 2°.- Comuníquese. etc. Raffo - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 82-SSDECO-17 procede al urgente cierre preventivo de la Torre Espacial del Parque de la Ciudad, declarada Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad por Ley 3860, con el fin de realizar tareas de mantenimiento.</p>