LEY 3563 2010

Síntesis:

PRÓRROGA DE PLAZO - EMERGENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y AMBIENTAL DEL COMPLEJO HABITACIONAL BARRIO COMANDANTE LUIS PIEDRABUENA - LEY 2737

Publicación:

10/12/2010

Sanción:

16/09/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/10/2010


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo de la emergencia de infraestructura y ambiental del complejo habitacional barrio Cte. Luis Piedrabuena determinado en el Art. 1° de la Ley N° 2.737 y prorrogado por Ley N° 3.099, por el plazo de dos (2) años contados a partir de su vencimiento.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2010

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3563 (Expediente N° 1.112.378/10), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 16 de septiembre de 2010, ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de octubre de 2010.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a los Ministerios de Desarrollo Urbano y de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Instituto de Vivienda de la Ciudad. Cumplido archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3563, prorroga el plazo de la emergencia de infraestructura y ambiental declarada por la Ley 2737, prorrogada por Ley 3099, por el plazo de dos (2) años a partir de su vencimiento.</p>