RESOLUCIÓN 55 2011 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
FIJAN LOS FONDOS A ASIGNAR POR PARTE DEL ÁREA JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - MONTOS ASIGNADOS A DEPENDENCIAS PARA SU EJECUCIÓN COMO CAJAS CHICAS ESPECIALES Y COMO FONDOS CON CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - PRESUPUESTO 2011 - PRIMER TRIMESTRE - EJERCICIO FISCAL 2011
Publicación:
20/01/2011
Sanción:
14/01/2011
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
el Decreto N° 67/10, reglamentado por las Resoluciones N° 51 y N° 52-MHGC-10 y modificatorias, y el Expediente N° 54.467/11, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° del Anexo I de dicha norma denomina fondos a todo adelanto de sumas de dinero asignado a las Jurisdicciones o sus dependencias a partir de Dirección General o Unidades de Organización u organismos equiparables o a aquellos organismos de menor nivel incluidos expresamente en el mencionado Decreto o por acto administrativo del Ministerio de Hacienda, con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión;
Que, a su vez, el artículo 7° del referido Anexo I establece que este Ministerio reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría y Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el marco del artículo 8° de dicho Anexo I, puedan otorgarlos a sus dependencias como cajas chicas o con sujeción al régimen de compras y contrataciones;
Que por diversas Resoluciones se determinaron los montos máximos a asignar durante cada uno de los cuatro trimestres del ejercicio 2010, por parte de las áreas dependientes de la Jefatura de Gobierno y por parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que en esta etapa se entiende prudente fijar el monto correspondiente al primer trimestre del presente ejercicio para la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10,
Artículo 1°.- Fíjase en la suma de PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000) el monto máximo de los fondos a asignar por parte del Área Jefe de Gabinete de Ministros durante el primer trimestre del año en curso, en el marco de lo establecido en los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto N° 67/10.
Artículo 2°.- Tal monto es el máximo global que la Jurisdicción mencionada puede asignar a sus dependencias para su ejecución como cajas chicas especiales y como fondos con cumplimiento del régimen de compras y contrataciones, todo ello en los términos del artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 67/10. Quedan excluidos de dicha restricción los montos bajo el régimen de caja chica común y de movilidad.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.