DECRETO 1995 2001
Síntesis:
AUTORIZA A LA D.G. DE COMPRAS Y CONTRATACIONES A LIBRAR ÓRDEN DE COMPRA A FAVOR DE LA SUCESIÓN DE RODOLFO P. FERRAROTTI, EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 23-99
Publicación:
30/11/2001
Sanción:
27/11/2001
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 21.258/2001, a través del cual ha tramitado la prórroga de la Licitación Pública N° 23-99, correspondiente al Servicio de Elaboración de Comidas y Posterior Distribución en mesa, destinado a alumnos becados y personal autorizado de las áreas educativas dependientes de la Secretaría de Educación de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
CONSIDERANDO:
Que, en la citada actuación fue dictado Decreto N° 701/GCBA/01 el cual prorrogó los contratos celebrados en el marco de la Licitación Pública N° 23-99, desde el día 1° de marzo de 2001 hasta el 11 de mayo de 2001, conforme los términos del Apartado b) del Inciso 84° del Decreto N° 5.720/PEN/72 reglamentario del Art. 61 del Decreto/Ley N° 23.354/56;
Que, en el artículo 2° de ese acto administrativo se autoriza a la Dirección General de Compras y Contrataciones a la emisión de las respectivas órdenes de compra a las distintas firmas que habían resultado adjudicatarias oportunamente de ese servicio;
Que, entre esas firmas se encuentra la empresa unipersonal Rodolfo Pedro Ferrarotti;
Que, por nota de fecha 2 de mayo de 2001, la Sra. Delia Furfaro notifica al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que el Señor Rodolfo Pedro Ferrarotti falleció con fecha 24 de abril de 2001;
Que, la cónyuge supérstite, Sra. Delia Furfaro y sus herederos, Sra. Vanesa Edith Ferrarotti Furfaro y Sr. Walter Ferrarotti Furfaro efectuaron presentaciones en distintas actuaciones haciendo saber que la empresa unipersonal del causante continuaría cumpliendo las obligaciones asumidas en la Licitación Pública N° 23-99 y que iniciarían la sucesión del mismo;
Que, fue requerida en diversas oportunidades opinión legal a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, expidiéndose sobre esta cuestión por dictámenes de fechas 18 de mayo de 2001, 30 de mayo de 2001 y 3 de setiembre de 2001;
Que, ese órgano efectúa el análisis legal de la situación planteada, señalando que en la selección del cocontratante se tiene en cuenta su persona en orden a la regular ejecución de las obligaciones contractuales pero sin que ello implique necesariamente la celebración de un contrato intuitu personae;
Que, por esa razón, aún cuando no exista estipulación expresa, el cocontratante no puede ceder, transferir o subcontratar, pero la Administración puede conceder una autorización al respecto;
Que, en caso de fallecimiento del cocontratante la Administración puede por razones de oportunidad dar por terminado el contrato, pero no está obligada a ello, pudiendo admitir su continuación con los causahabientes;
Que, trasladando los principios reseñados al caso en consideración, es evidente que no existirían óbices legales para continuar los trámites pendientes con los causahabientes del Sr. Rodolfo Pedro Ferrarotti;
Que, aclara que se trata de un emprendimiento empresarial unipersonal, fondo de comercio que continuará girando con la coparticipación de la cónyuge e hijos del empresario individual fallecido;
Que, para el particular la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, opina que deberá dictarse un decreto aclaratorio en el cual se estipule que la autorización conferida a la Dirección General de Compras y Contrataciones por el artículo 2° del Decreto N° 701/GCBA/01 deberá librarse a nombre de la Sucesión de Rodolfo Pedro Ferrarotti;
Que, sin perjuicio de lo cual, ese órgano considera que, con carácter previo a la emisión de ese acto administrativo, sería menester intimar a las Sras. Delila Furfaro y Vanesa Edith Ferrarotti Furfaro y al Sr. Walter Ferrarotti Furfaro al acompañamiento de una presentación en la que se cumplimenten los recaudos establecidos en ese dictamen, entre ellos, agregación de los originales de partidas que acrediten los vínculos invocados, compromiso de iniciar de inmediato el juicio sucesorio, con denuncia del fondo de comercio y designación de administrador judicial que represente a la sucesión, manifestación de intención de continuar hasta su total terminación el tramite licitatorio encarado, asumiendo, caso contrario, las responsabilidades legales pertinentes;
Que, la cónyuge supérstite y los herederos del Sr. Ferrarotti, efectúan diversas presentaciones dando cumplimiento a los recaudos solicitados por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, con excepción hecha de la partida de nacimiento correspondiente a la Sra. Vanesa Edith Ferrarotti, de la cual se hace saber que se solicitó su desglose en el Expediente sucesorio;
Que, por Dictamen PG N° 2509 de fecha 3 de setiembre de 2001, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, efectúa el análisis de la documentación presentada por los herederos del Sr. Ferrarotti, señalando que se observa el cumplimiento de lo requerido por esa Procuración, excepción hecha de la partida de nacimiento de Vanesa Edith Ferrarotti;
Que, por Carpeta N° 2.898/DGCYC/2001 los herederos del Sr. Ferrarotti acompañan la partida de nacimiento de Vanesa Edith Ferrarotti;
Que, con sustento en lo expuesto en los considerandos precedentes, con motivo del fallecimiento del Sr. Rodolfo Ferrarotti con fecha 24 de abril de 2001 y habiendo decidido la Administración continuar con sus herederos el contrato que cumplimentaba esa empresa unipersonal, corresponde el dictado del presente, en el cual se aclare que la autorización conferida a la Dirección General de Compras y Contrataciones por Artículo 2° del Decreto N° 701-GCBA-2001, deberá librarse a favor de los causahabientes del señor Rodolfo Pedro Ferrarotti;
Por ello, en un todo de acuerdo con lo dictaminado por la Procuración General de Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades que le son propias, Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a librar a favor de la Sucesión de Rodolfo Pedro Ferrarotti, la orden de compra correspondiente a la prórroga del contrato oportunamente celebrado en el marco de la Licitación Pública N° 23-99 con la empresa unipersonal Rodolfo Pedro Ferrarotti, para la prestación del Servicio de Elaboración de Comidas y Posterior Distribución en mesa, destinado a alumnos becados y personal autorizado de las áreas educativas dependientes de la Secretaría de Educación de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y cuyo monto según lo establecido en el Art. 1° de Decreto N° 701/GCBA/01, asciende a la suma de pesos noventa y tres mil ciento ochenta y dos con cuarenta centavos ($ 93.182,40).
Artículo 2° El presente es aclaratorio del Decreto N° 701/GCBA/01, de fecha 21 de mayo de 2001.
Artículo 3° Este decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.
Artículo 4° Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General de Contaduría y comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares, dependiente de la Secretaría de Educación.