DECRETO 71 2011
Síntesis:
MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO N° 1.756-05 - FONDO COMPENSADOR DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Publicación:
14/02/2011
Sanción:
05/02/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ordenanza N° 42.924, las Leyes N° 471 y N° 1.218, los Decretos N° 922/94 y N° 1.756/05, las Resoluciones N° 1.960-SHyF-PG/05, N° 242-PG-07, N° 243-PG-07, N° 847-MHGC-PG-07 y N° 1.736-MHGC-08, las Actas Paritarias Sectoriales N° 20/09 y N° 10/10 acordadas en el Núcleo del Órgano Constitucional y las Actas de la Comisión Paritaria Central N° 09/09, N° 05/10 y N° 20/10, y el Expediente N° 892.660/2010, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 134 de la Constitución dispone que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dictamina sobre la legalidad de los actos administrativos, ejerce la defensa del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también su patrocinio letrado, representando a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus derechos e intereses;
Que mediante la Ley N° 1.218 se fija la competencia de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 2.147/84 se creó en la Procuración General, la Caja de Honorarios, a la que deben ingresar los honorarios que abogados, apoderados, peritos y consultores técnicos de dicho Organismo, perciben de la contraria condenada en costas en los juicios en los que esta Administración es parte;
Que por Resolución Conjunta N° 1.960-SHyF-PG/05, se aprobó el texto ordenado del Escalafón del Personal de la Procuración General determinándose en el artículo 37 del Anexo de la citada Resolución, que la asignación prevista en la Ordenanza N° 42.924 y modificatoria, que se abona a los beneficiarios de la Caja de Honorarios de la Procuración General creada por Decreto N° 2.147/84, se calcula multiplicando el puntaje que correspondiese a cada persona en dicha caja por el índice 1 al que se le asignaban 286 unidades retributivas;
Que el Decreto N° 1.756/05 creó el Fondo Compensador de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, destinado a los agentes de planta permanente de la Procuración General que no perciban la asignación dispuesta por el Decreto N° 2147/84, fijándose una suma mensual remunerativa en dicho concepto;
Que posteriormente mediante Resolución N° 1736/MHGC/08, se modificó el valor de la referida asignación;
Que por el Acta Paritaria Sectorial de la Procuración General N° 10/10, ratificada por el Acta de la Comisión Paritaria Central N° 20/10, se acordó elevar el valor del punto, previsto en la Ordenanza N° 42.924 y Resolución N° 1960-SHyF-PG/05, en un mil cien pesos (.100);
Que en atención a ello, resulta necesario extender la asignación Fondo Compensador, a todos aquellos agentes que prestan servicios en los agrupamientos previstos para Auxiliares Jurídicos y Auxiliares Operativos del Escalafón Especial de la Procuración General y a los agentes de Planta Permanente que se encuentren desarrollando sus tareas en la Dotación de personal de la Procuración, y que presupuestariamente revistan en el Escalafón General de la Administración Central, a partir del 1° de marzo de 2010;
Que el valor de la asignación a percibir debe quedar fijada en una suma de carácter remunerativo, igual y equivalente a un (1) punto conforme surge de la inteligencia de la Ordenanza N° 42.924, el Decreto N° 2.147/84, la Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05, y de acuerdo al valor establecido de conformidad con las Actas Paritarias Sectoriales acordadas en el núcleo del Órgano Constitucional que nos ocupa, de acuerdo a la dotación que establezca la Procuración General de la Ciudad;
Que consecuentemente corresponde modificar el Decreto N° 1756/05.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1.756/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Extiéndase, a partir del 1° de marzo de 2010, la asignación otorgada por el Decreto N° 1.756/05 a todos los tramos de los agrupamientos correspondientes a los Auxiliares Jurídicos y Auxiliares Operativos del Escalafón Especial de la Procuración General y a los agentes de Planta Permanente que se encuentren desarrollando sus tareas en dicho organismo, sin perjuicio de donde revisten presupuestariamente, en concepto de asignación Fondo Compensador, en una suma de carácter remunerativo, igual y equivalente a un (1) punto conforme surge de la inteligencia de la Ordenanza N° 42.924, Decreto N° 2.147/84, de la Resolución N° 1.960-SHyF-PG/05, y las Actas Paritarias Sectoriales N° 20/09 y N° 10/10, acordadas en el núcleo del Órgano Constitucional y las Actas de la Comisión Paritaria Central N° 09/09, N° 05/10 y N° 20/10, y las que en el futuro las actualicen
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 3° del Decreto N° 1.756/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:
La Procuración General de la Ciudad establecerá la dotación que percibirá la asignación detallada en el artículo 2°
Artículo 3°.- La Procuración General de la Ciudad, a través de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, practicará la liquidación de las sumas determinadas, de acuerdo a las sucesivas modificaciones que se produzcan en las mismas en forma mensual, conjuntamente con las regulaciones de honorarios, remitiendo las mismas a la Secretaría de Recursos Humanos, previa intervención de la Comisión Permanente de Aplicación de la Procuración General.
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda efectuará las compensaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 5°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la que deberá notificar a los interesados de su contenido y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Secretaría de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta