LEY 3670 2010

Síntesis:

PRORROGA UN AÑO HASTA 31 DE DICIEMBRE 2011 - PLAZO LEY 3288 - MUDAR INSTALACIONES MANTENIENDO SU ENCUADRE - HABILITACIÓN Y SU FUNCIONAMIENTO - TEATROS INDEPENDIENTES LEY 2147 - SALAS TEATRALES

Publicación:

25/02/2011

Sanción:

13/12/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/01/2011

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Prorrógase por el término un (1) año, hasta el 31 de diciembre de 2011, el plazo establecido por la Ley 3288 a fin de permitir que los teatros independientes comprendidos en los artículos 1° y 23 de la Ley 2147 puedan mudar sus instalaciones, manteniendo su encuadre en dicha ley a los efectos de su habilitación y su funcionamiento.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 17 de febrero de 2011

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3.670 (Expediente N° 1593075/10), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 13 de diciembre de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de enero de 2011.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3670, prorroga por el término un (1) año, hasta el 31 de diciembre de 2011, el plazo establecido por la Ley 3288, modificatoria de la Ley 2514.</p>