LEY 3670 2010
Síntesis:
PRORROGA UN AÑO HASTA 31 DE DICIEMBRE 2011 - PLAZO LEY 3288 - MUDAR INSTALACIONES MANTENIENDO SU ENCUADRE - HABILITACIÓN Y SU FUNCIONAMIENTO - TEATROS INDEPENDIENTES LEY 2147 - SALAS TEATRALES
Publicación:
25/02/2011
Sanción:
13/12/2010
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
11/01/2011
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Prorrógase por el término un (1) año, hasta el 31 de diciembre de 2011, el plazo establecido por la Ley 3288 a fin de permitir que los teatros independientes comprendidos en los artículos 1° y 23 de la Ley 2147 puedan mudar sus instalaciones, manteniendo su encuadre en dicha ley a los efectos de su habilitación y su funcionamiento.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez
Buenos Aires, 17 de febrero de 2011
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3.670 (Expediente N° 1593075/10), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 13 de diciembre de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 11 de enero de 2011.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas