RESOLUCIÓN 716 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
ESTABLECE 15 D EMARZO DE 2011 COMO FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS DEL IMPUESTO DE PATENTES SOBRE VEHÍCULOS EN GENERAL - PERÍODO FISCAL 2011 - CUOTAS 12 90 Y 01 INCLUYE LOS COMPRENDIDOS EN EL SISTEMA DE GRANDES CONTRIBUYENTES Y LOS ADHERIDOS AL SISTEMA DE DÉBITO AUTOMÁTICO PARA VEHÍCULOS DADOS DE ALTA ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y CRÉDITOS PRENDARIOS CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL Y DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS E INGRESADOS AL SISTEMA INFORMÁTICO POSTERIORMENTE A LA FECHA DE CIERRE
Publicación:
18/03/2011
Sanción:
06/03/2011
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO:
las facultades conferidas por el artículo 30 de la Resolución N° 3013/MHGC/2010 (Fe de erratas BOCBA N° 3568) y,
CONSIDERANDO:
Que son numerosos los vehículos dados de Alta en esta Jurisdicción que fueron registrados en la Base de Datos con posterioridad al día 30 de Noviembre de 2010;
Que dichos vehículos no conformaron el universo comprendido en la primera emisión general de las cuotas para el pago del impuesto de Patentes sobre Vehículos en General para el período fiscal 2011;
Que ha sido necesario generar los débitos para el pago del tributo anual con descuento y para las cuotas 01, 02 y 90 correspondiendo efectuar una emisión suplementaria;
Que como consecuencia de ello, se debe establecer una fecha especial de vencimiento para estos contribuyentes respecto de la cuotas 12 (pago anual con descuento), 01 y 90 (pago anual por monto menor a ) del periodo fiscal 2011;
Por ello, conforme a las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese el 15/03/2011 como fecha de vencimiento para el pago de las cuotas 12, 90 y 01, del año 2011 del impuesto de Patentes Sobre Vehículos en General para todos los dominios, inclusive los comprendidos en el Sistema de Grandes Contribuyentes y los adheridos al sistema de Debito Automático para los vehículos dados de Alta ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, Centros de Gestión y Participación Comunal y Dirección General de Rentas e ingresados al sistema informático con posterioridad a la fecha de cierre del ingreso de novedades al padrón, que operó el día 30 de noviembre de 2010.
Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo 1° resultara día no laborable para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Entidades Bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.
Artículo 3°.- Ratifícase el vencimiento establecido por la Resolución N° 3013/MHGC/10 para el pago de la cuota 02 del año 2011.
Articulo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Banco Ciudad de Buenos Aires, al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Leguizamon