RESOLUCIÓN 151 2009 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 141-AGIP/09

Publicación:

13/03/2009

Sanción:

12/03/2009

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


RESOLUCIÓN N° 151 - AGIP/09

Buenos Aires, 12 de marzo de 2009.

VISTO: La Ley N°2.997 (BOCBA N°3092), la Resolución N ° 141/AGIP/2009 y,

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada se introdujeron modificaciones al Código Fiscal (t.o. 2008).

Que entre otras modificaciones se procedió a reemplazar el Título XII, referente al Impuesto de Sellos, estableciendo un régimen completamente nuevo e integral. Que por otra parte a través de la Resolución mencionada se aclaran y precisan ciertos aspectos, mayoritariamente referidos a algunas de las exenciones establecidas en el artículo 385 del Código Fiscal.

Que el artículo 5° de la Resolución se refiere a que están alcanzados por la exención dispuesta en el apartado 48 del artículo 385 del Código Fiscal los actos y/o instrumentos relacionados con la suscripción, negociación y/o rescate de cuotas partes de fondo comunes de inversión.

Que mayoritariamente los fondos comunes de inversión tienen constituido su patrimonio con otros activos además de valores o certificados con oferta pública.

Que, por tanto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14, inciso o) de la Ley N°2603,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.-Modifíquese el artículo 5° de la Resolución 141/AGIP/2009 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Quedan comprendidos en la exención establecida en el artículo 385 apartado 48 del Código Fiscal, los actos y/o instrumentos relacionados con la suscripción, negociación, y/o rescate de cuotas partes de fondos comunes de inversión, siempre que su constitución y la oferta pública de las cuotas partes se hubieran efectuado de acuerdo a las normas de la Comisión Nacional de Valores".

Artículo 2°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Dirección General de Rentas a sus efectos. Cumplido, archívese. Walter

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