RESOLUCIÓN 59 2011 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

CONVOCA AL CONCURSO “ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2011“, EN EL MARCO DEL PROGRAMA “RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES“  -  APRUEBA BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO “ENTIDADES CAPACITADORAS PARA EL PROGRAMA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2011“;

Publicación:

15/04/2011

Sanción:

11/04/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO:

los Decretos Nros. 2075/GCABA/2007 y sus modificatorios, 923/GCABA/2005, la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, la Resolución 45/SSDE/11; y el Expediente N° 280.659/11;

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 2075/GCABA/2007 y sus modificatorios se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y determinó que la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover las pequeñas y medianas empresas, entre otras;

Que mediante el Decreto N° 923/GCABA/2005 se creó el Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, con el objetivo de promover el desarrollo, fortalecimiento y mejora de las capacidades de la red de organizaciones que prestan apoyo a las empresas porteñas; estableciendo en su artículo 7° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico; debiendo en consecuencia realizar llamados a concursos por temas específicos, conforme surge del artículo 5° del citado Decreto;

Que por Resolución N° 45/SSDE/11, se convocó al concurso “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“;

Que el Componente Técnico inicial de dicho programa, prevé la realización de actividades de sensibilización y capacitación de los emprendedores que sean admitidos en el mismo en las diferentes comisiones de trabajo;

Que para el eficaz desarrollo del concurso “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, es necesario que los participantes incorporen ciertos contenidos y conocimientos en materia de gestión de nuevas empresas y/o de planes de negocios;

Que, a través de la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, se creó en el ámbito de la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico-, el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs, a efectos de contar con información sobre las instituciones educativas y organizaciones sin fines de lucro especializadas en el desarrollo de acciones específicas de apoyo al desarrollo productivo y/o de negocios;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, existe un amplio conjunto de instituciones no gubernamentales con una importante trayectoria en la temática emprendedora, particularmente en materia de capacitación y asistencia técnica en gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios;

Que, para ello, es necesario convocar a dichas instituciones con el objetivo de participar en acciones específicas de capacitación para los participantes en el Programa “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, establecido por Resolución 45/SSDE/11;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase al concurso “Entidades Capacitadoras para el Programa Desarrollo Emprendedor 2011“, en el marco del Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, creado por el Decreto N° 923/GCABA/2005.

Artículo 2°.- Establécese que podrán participar de este concurso las instituciones sin fines de lucro y/o no gubernamentales que se encuentren previamente inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMES creado por la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias y que, de acuerdo al criterio de la Autoridad de Aplicación, cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y condiciones de esta convocatoria.

Artículo 3°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del concurso “Entidades Capacitadoras para el Programa Desarrollo Emprendedor 2011“; los cuales se identifican como (Anexo I) Bases y Condiciones; (Anexo II) Acta Acuerdo, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las entidades capacitadoras; (Anexo III) Formulario Propuesta de Capacitadores; (Anexo IV) Nota de Aceptación de Bases y Condiciones.

Artículo 4°.- Para participar en el presente concurso, las entidades o instituciones interesadas deberán presentar.

i. Nota firmada por el Responsable Legal de la Entidad manifestando el interés por participar en la presente convocatoria,

ii. Listado de los capacitadores que la entidad propone para desarrollar las actividades de asistencia y capacitación,

iii. Curriculum Vitae de cada uno de los capacitadores indicados en el punto anterior y,

iv. Detalle de los antecedentes de participación de la entidad en actividades de asistencia técnica y capacitación en temas vinculados con la presente convocatoria.

Articulo 5°.- Establécese que se seleccionarán hasta (7) siete instituciones, las cuales tendrán a cargo el desarrollo de capacitación del Componente Técnico del “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, establecido por Resolución 45/ SSDE/11.

Dichas actividades se llevarán a cabo en comisiones que funcionarán en las sedes propuestas por las Entidades Patrocinadoras que resulten seleccionadas en el marco del Concurso “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, establecido por Resolución 45/SSDE/11.

La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la asignación de las comisiones a cada entidad capacitadora, en función de los resultados de la inscripción al programa “Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, establecido por Resolución 45 /SSDE/11 y del perfil profesional y académico de los capacitadores propuestos.

Artículo 7°.- Las entidades que resulten beneficiarias del presente Concurso accederán a un aporte no reembolsable destinado a llevar a cabo las actividades de asistencia y capacitación, de acuerdo a las pautas, montos y metodología de desembolso establecidos en estas Bases y Condiciones.

Artículo 8° - La suma que demande el presente programa será imputado a la partida presupuestaria vigente.

Artículo 9°- Determínese que las presentaciones podrán efectuarse los días lunes a viernes en el horario de 11 a 16hs., en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Av. Presidente Roque Sáenz Peña 832, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 25 de abril de 2011.

Artículo 10.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Desarrollo Económico, la Dirección General de Contaduría General y a la Dirección General de Tesorería a sus efectos. Cumplido, archívese. Svarzman


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3645

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