RESOLUCIÓN 2312 2001 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

INCORPORA AL RÉGIMEN LICITATORIO DE EXCEPCIÓN DEL DECRETO N° 2.257/GCBA/2001, A LAS ESCUELAS DEL DE N° 21, ESCUELA N° 9 Y JARDÍN COMÚN N° 3 DE LA CALLE BERÓN DE ASTRADA 5920; ESCUELAS N° 15 Y JARDÍN DE INFANTES N° 1, SITAS EN CAFAYATE 5388; ESCUELA N° 6 Y JARDÍN DE INFANTES N° 2 SITAS EN DESCALZI 5425 Y ESCUELA N° 10 Y JARDÍN NUCLEADO N° 10, SITAS EN LARRAZÁBAL 5001, DE LA CABA

Publicación:

20/12/2001

Sanción:

13/12/2001

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto el Expediente N° 71.257/2001, el Decreto N° 2.257-GCBA-2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, ha elaborado un informe técnico señalando que los edificios en los cuales funcionan , las Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425, y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad, presentan deficiencias en las estructuras y en las aislaciones de azoteas que requieren de una pronta reparación;

Que, habida cuenta la proximidad de los establecimientos citados entre sí y la similitud de sus problemas, es conveniente agrupar en una sola licitación las tareas a fin de adjudicarlas a un solo oferente;

Que el dictado Decreto N° 2.257-GCBA-2000 tuvo su origen en el objetivo de declarar la urgente y prioritaria necesidad de refacción, remodelación y acondicionamiento de un grupo de instituciones educativas cuya muy deteriorada situación edilicia crea riesgos ciertos para la integridad física de la comunidad escolar, como así también amenaza la continuidad en la prestación del servicio educativo, estableciéndose, a tenor de lo precedentemente expuesto, que las obras alcanzadas por esa norma deben ser llevadas a cabo con carácter prioritario;

Que en ese orden de ideas, y con la finalidad de atender la prioritaria demanda de acciones edilicias, se instauró mediante el citado Decreto un procedimiento licitatorio de excepción -exclusivamente circunscripto a la operatoria destinada a paliar la crisis edilicia del sistema educativo-, abreviado en los plazos, para adjudicar las obras públicas a realizarse en las escuelas alcanzadas por el régimen establecido a tal efecto;

Que a tenor de lo expuesto, entonces, puede concluirse que habiéndose establecido el marco legal pertinente y en la medida en que, como fuera expuesto, surge de los informes elaborados por el órgano técnicamente competente en la materia la necesidad de atender ediliciamente a las Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425 y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad;

Que mediante Resolución N° 1.051/SED/2001, Art. 1°, se ha prorrogado la vigencia del Decreto N° 2.257/GCBA/2000, por el plazo de seis meses, previo dictamen efectuado por la Comisión para el Mejoramiento de la Infraestructura Escolar, quién de acuerdo a las facultades y competencias otorgadas por el Decreto de marras, en su Art. 4°, por Acta N° 3 del 11 de mayo de 2001, ha declarado la necesidad de la prórroga del mismo y ha establecido en el punto 3. a) de la misma, la inclusión, en el régimen licitatorio de excepción del Decreto N° 2.257/GCBA/2000, de cada propuesta de refacción, remodelación y mantenimiento de Escuelas que realice la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipa-miento, analizando caso por caso;

Que en tal inteligencia y de acuerdo al mecanismo indicado en el considerando precedente la Comisión para el Mejoramiento de la Infraestructura Escolar , mediante Acta N° 9 del 16 de noviembre de 2001, y por decisión debidamente fundada, ha propiciado la inclusión en el regimen licitatorio de excepción instaurado por del Decreto N° 2.257/GCBA/2000, de las Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425 y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad , por lo que corresponde proceder a instaurar el procedimiento de selección destinado a la contratación que tendrá por objeto las reparaciones estructurales y refacciones varias;

Que en ese orden de ideas, la citada Dirección General ha proyectado el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, los de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Planos y demás documentación destinada a regir tanto el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de la obra a licitarse, todos ellos de conformidad con las prescripciones de la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, adoptando el sistema de ajuste alzado previsto en el Inc. b) del artículo 5° del citado plexo normativo;

Que los instrumentos enumerados en el considerando precedente han sido objeto de opinión jurídica de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dentro del respectivo marco de su competencia, no mereciendo objeciones por parte del citado órgano consultivo en materia legal;

Que la observación formulada por el Organo Consultivo de la Constitución en cuanto a la inclusión en el Pliego de Condiciones Generales de una cláusula requiriendo la presentación del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios/as Morosos/as queda salvada en esta Licitación debido a que los oferentes no son provedores, sino contratistas de obra pública;

Que en lo atinente a la satisfacción del principio de concurrencia en materia de procedimientos de selección, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 5° del Decreto -ut supra mencionado- el llamado a licitación propiciado en las actuaciones que originan la presente, será publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires durante dos días, estableciéndose la apertura para el día 11 de enero de 2002, a las 15 hs;

Que por otra parte, y de conformidad con el mismo artículo del citado Decreto, se comunicará el llamado a las Cámaras empresariales y se invitará a 6 (seis) posibles oferentes. Asimismo y en virtud del mencionado principio de concurrencia, se publicará por un día en un diario de distribución masiva.

Que la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable efectuó la afectación preventiva presupuestaria en función de existir el crédito legal requerido por los artículos 4° y 7°, de la Ley N° 13.064;

Que por los motivos reseñados corresponde el dictado del acto administrativo que, al tiempo de aprobar los instrumentos proyectados en las actuaciones que originan la presente, llame a licitación pública para la contratación de obras que tengan por objeto las reparaciones estructurales y refacciones varias en la sede de las Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425 y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, procedimiento licitatorio que en el plano de lo legal estará regulado por el régimen de excepción establecido mediante Decreto N° 2.257-GCBA-2000, y que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias arribadas tendrá como presupuesto oficial la suma de pesos trescientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho con cincuenta y cuatro centavos ($ 358.288,54).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3° del Decreto N° 608/98-GCBA/98,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpórase al régimen licitatorio de excepción del Decreto N° 2.257/GCBA/2001, a las Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425 y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Planos y demás documentación que como Anexo de la presente -y formando a todos los efectos parte integrante de la misma- regirán la Licitación Publica N° 33.

Artículo 3°- Llámase a Licitación Pública N° 33 bajo la modalidad instaurada por medio del Decreto N° 2.257-GCBA/2000, con el objeto de adjudicar la contratación de las obras de reparaciones estructurales y refacciones varias, de la Escuelas del D.E. N° 21, Escuela N° 9 y Jardín Común N° 3 de la calle Berón de Astrada 5920, Escuelas N° 15 y Jardín de Infantes N° 1, sitas en Cafayate 5388, Escuela N° 6 y Jardín de Infantes N° 2 sitas en Descalzi 5425 y Escuela N° 10 y Jardín Nucleado N° 10, sitas en Larrazábal 5001, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el sistema de ajuste alzado, fijando como presupuesto oficial de la misma la suma de pesos trescientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho con cincuenta y cuatro centavos ($ 358.288,54).

Artículo 4° - Establécese como fecha y lugar de apertura de las ofertas el día 11 de enero de 2001, a las 15 hs. en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en la calle Estados Unidos 1228, Piso 3°, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5° - Establécese el precio de los Pliegos respectivos en pesos trescientos cincuenta y ocho con cincuenta centavos ($ 358,50), los que se podrán consultar y adquirir en la Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228, Piso 3°, de esta Ciudad.

Artículo 6°- Impútese a la partida correspondiente, la erogación que demanda la presente contratación de obra pública.

Artículo 7° - Publíquese el llamado a Licitación efectuado mediante el artículo 2° de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires durante los días 19 y 20 de diciembre de 2001, como así también en un diario de publicación masiva, todo ello de conformidad con las prescripciones del Art. 5° del Decreto N° 2.257-GCBA-2000.

Artículo 8° - Instrúyese al Director General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento a realizar todos los trámites y actos que fueran pertinentes en orden a dar cumplimiento a las prescripciones insertas en el Art. 5° del Decreto N° 2.257-GCBA-2000.

Artículo 9° - Regístrese. Remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en virtud de lo establecido en el Art. 11 del Decreto N° 698-GCBA-96. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos de Acción Comunitaria (Dirección General de Infraestructura, Mantenimiento y Equipamiento).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res 38-SED-02, rectifica la Res 2312-SED-01, en relación a la fecha y el lugar de apertura de las ofertas
MODIFICA
Res 2312-SED-01, incorpora escuelas y jardines de infantes al régimen litatorio de excepción contemplado por el Dec 2257-01