RESOLUCIÓN 626 2011 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 549-MSGC-11 EN SU ARTÍCULO 4° QUE ESTABLECE COMO PERÍODO DE INSCRIPCIÓN A LOS CONCURSOS CERRADOS A TODAS LA UNIDADES DE ORGANIZACIÓN MENCIONADAS ENTRE EL 9 Y 13 DE MAYO DE 2011 INCLUSIVE - MODIFICA EL  PUNTO 5 DEL ANEXO I DE LA CITADA RESOLUCIÓN DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA Y ESTADÍSTICAS DE SALUD DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO SANEAMIENTO DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA PRFESIÓN MÉDICO

Publicación:

27/04/2011

Sanción:

13/04/2011

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO:

La Ordenanza N° 41.455 y sus modificatorias, el Decreto reglamentario N° 2.745/87 y sus modificatorios, los Decretos N° 561/10 y 86/11, el Convenio Colectivo de trabajo en el marco de la Comisión Negociadora Paritaria Sectorial GCBA-AMM de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto N° 561/10 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto N° 2075/07 y sus modificatorios, creándose la Subsecretaria de de Planificación Sanitaria y la Dirección General de Desarrollo y Planeamiento Sanitario dependiente de aquella;

Que asimismo mediante Decreto N° 86/11 el Sr. Jefe de Gobierno ha dispuesto el llamado a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Administrativa y Asistencial, en los Establecimientos Asistenciales del Ministerio de Salud y los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, en el Nivel Central del Ministerio de Salud, todos ellos en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario 2.745/87 y modificatorios;

Que en tal sentido, y en el marco de la instrucción impartida, este Ministerio da inicio a las gestiones tendientes a concretar el llamado a concurso, dentro de los lineamientos establecidos en el arts. 1.7 y 10°, y del cumplimiento de los requisitos determinados en los art. 3.7.1 inc. d) y e); 3.7.4.2 y 10.1.2 de las citadas normativas;

Que, mediante Resolución N° 549 del 4 de abril de 2011 se llamó a Concurso Cerrado a todas la Unidades de Organización para la selección de titulares de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos de Directores del Área Técnica Sanitaria, en carácter de Titulares Transitorios, con 44 horas semanales, en el marco de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto N° 2.745/87 y modificatorios, en el Nivel Central del Ministerio de Salud, en las direcciones que se detallan en el Anexo I de tal Resolución;

Que en virtud de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 41.455 y su reglamentación, corresponde modificar el período de inscripción estipulado en el Artículo 4° de la Resolución citada, estableciendo la fecha comprendida entre el 9 de mayo de 2011 y el 13 del mismo mes y año inclusive;

Que por otra parte en punto 5 del Anexo citado, se citó como una de las Direcciones a concursar la “Dirección de Epidemiología y Estadísticas de Salud”, estableciendo que la misma dependía de la Dirección General de Docencia e Investigación”, cuando en realidad depende de la Dirección General de Desarrollo y Planeamiento Sanitario, correspondiendo entonces, ante el error involuntario advertido, modificar tal cita;

Por ello, en uso de las facultades que le confiere el art. 10° de la Ordenanza N° 41.455 y el Decreto Reglamentario N° 2.745/87 y modificatorias;

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo.1°.- Modificase el Artículo 4° de la Resolución N° 0549/MSGC/2011 que quedará redactado de la siguiente manera “Establécese como período de inscripción a los Concursos Cerrados a todas la Unidades de Organización mencionadas, la fecha comprendida entre el 9 de mayo y el 13 de mayo del año 2011 inclusive”.

Artículo 2°.- Modificase el Punto 5 del Anexo I de la Resolución N° 0549/MSGC/2011 que quedará redactado de la siguiente manera “ Dirección de Epidemiología y Estadísticas de Salud, dependiente de la Dirección General de Desarrollo y Planeamiento Sanitario de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria. Profesión; Médico”.

Artículo 3°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las carteleras correspondientes de este Ministerio de Salud, dependencias y establecimientos asistenciales para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos de este Ministerio de Salud y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Lemus

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Resolución 626-MSGC-11 modifica el artículo 4° y el Punto 5 del Anexo I de la Resolución N° 549-MSGC-11
DEROGADA POR
Art 1 de la Res 222-MS-12 deja sin efecto el Concurso llamado por Res 626-MS-11