RESOLUCIÓN 54 2011 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

NORMA DEROGADA -  MODIFICA TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -  MODIFICA EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN DEL  PASAJE SARGENTO CABRAL DESDE SUIPACHA HASTA ESMERALDA DE OESTE A ESTE -  AUTORIZA ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS DURANTE LA 24 HS. JUNTO A LA ACERA IZQUIERDA

Publicación:

04/05/2011

Sanción:

28/04/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la Nota N° 571.895-DGTRANSI-2011, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de los cambios circulatorios que se implementaron en las calles Arenales y Suipacha en las inmediaciones del Pasaje Sargento Cabral, resulta oportuno modificar las condiciones circulatorias de dicho pasaje;

Que a los fines de simplificar el ingreso vehicular desde la calle Arenales hacia el Pasaje Sargento Cabral, evitando la circulación por Av. Santa Fe y el giro a la izquierda que este derrotero implica, resulta necesario invertir el sentido circulatorio del mismo desde Suipacha hasta Esmeralda de Oeste a Este;

Que el estacionamiento medido vigente en el Pasaje Sargento Cabral, en la actualidad se encuentra junto al cordón de la acera derecha;

Que sobre la margen opuesta existen numerosas entradas a cocheras, y a los fines de no reducir los espacios para el estacionamiento, resulta conveniente mantener el mismo sobre la misma margen.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al Pasaje Sargento Cabral desde Suipacha hasta Esmeralda de Oeste a Este.

Articulo 2°.- Permítase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, el estacionamiento general de vehículos durante la 24 hs. junto a la acera izquierda, en el Pasaje Sargento Cabral entre Suipacha y Esmeralda.

Artículo.3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 54-SSTRANS-11 modifica sentido de circulación del Pasaje Tres Sargento, en el marco de lo dispuesto por Res. 17-SSTRANS-11, doble mano Av. Santa Fé
DEROGADA POR
<p>Art. 13 de la Ley 4414, deja sin efecto la Resolución 54-SSTRANS-11.</p>
MODIFICA
Res. 54-SSTRANS-11 (DEROGADA)modifica sentido de circulación del Pasaje Tres Sargento, Modifica TO Dec-Ord. 10407