DECRETO 224 2011

Síntesis:

DESIGNA CON CARÁCTER AD-HONOREM A CARLOS GONZÁLEZ, DNI N° 4.306.287, COMO VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - EN CASO DE AUSENCIA EL SUPLENTE SERÁ NORBERTO PAZOS - “BUENOS AIRES 2016 CON PERSPECTIVA METROPOLITANA“ - 

Publicación:

10/05/2011

Sanción:

03/05/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 310, los Decretos N° 1.213/00 y N° 823/01, la Resolución N° 10/UCPE/09 y

el Expediente N° 244.227/11 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 310 se creó el Consejo de Planeamiento Estratégico, en el ámbito del Poder Ejecutivo como órgano consultivo, siendo responsable de proponer planes estratégicos consensuados con distintos sectores que lo conforman;

Que el precitado Consejo, se compone entre otros por un Presidente, Vicepresidente, Asamblea General, Comité Ejecutivo y Director Ejecutivo;

Que el Director Ejecutivo y el Vicepresidente del Consejo, son designados por el Presidente de dicho cuerpo, a propuesta del Comité Ejecutivo y de la Asamblea General respectivamente;

Que por Decreto N° 1.213/00 se creó en el ámbito de la Jefatura de Gobierno y como Organismo Fuera de Nivel la Coordinación de Plan Estratégico, con rango de Subsecretaría;

Que por Decreto N° 823/01 se estableció que la citada Coordinación es la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 310;

Que por la actuación citada en el visto, la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico informó que en la “2da. Asamblea Anual del Año 2010“ del Consejo de Planeamiento Estratégico las organizaciones integrantes del Consejo han aprobado el “Plan Estratégico Buenos Aires 2016 con Perspectiva Metropolitana “;

Que en dicha Asamblea las referidas organizaciones han propuesto la terna de candidatos para ejercer el cargo de Vicepresidente del Consejo, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 310 y el Decreto N° 823/01;

Que dicha terna está integrada por el Ing. Carlos González, D.N.I N° 4.306.287, el Ing. Norberto Pazos D.N.I N° 4.340.185, y la Cdora. Cristina Costas, D.N.I N° 5.994.139, quienes obtuvieron treinta y un (31) votos, veintiocho (28) votos y veintiséis (26) votos, respectivamente;

Que el Ing. Carlos González acredita antecedentes de idoneidad para el desempeño de la función;

Que a efectos de proceder a la cobertura del mentado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;

Que, por otra parte, resulta conveniente prever que en el caso de ausencia del Vicepresidente del citado Consejo, éste pueda ser suplantado en sus funciones, por la persona que ha recibido la segunda mayor cantidad de votos en la terna de candidatos elevada oportunamente por la Asamblea General al Presidente;

Que de acuerdo a lo expuesto corresponde establecer que el Ing. Norberto Pazos es quien suplantará al Vicepresidente en caso de ausencia;

Que por otra parte, el Comité Ejecutivo del Consejo, según consta en el Acta correspondiente al mes de octubre de 2010, propone al Arq. Andrés Borthagaray, D.N.I N° 14.689.970, para el cargo de Director Ejecutivo del citado Consejo;

Que en lo que concierne al Plan Estratégico aprobado, resulta conveniente instruir a todas las áreas técnicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que, por intermedio de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, faciliten al Consejo de Planeamiento Estratégico los estudios e investigaciones que le sean requeridos para la consecución de las tareas a su cargo, como consecuencia del mencionado plan;

Que por Resolución N° 10/UCPE/09 se aprobó la identificación de funciones organizativas y puestos de trabajo correspondientes a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, de acuerdo con el organigrama, responsabilidad primaria y acciones, que como Anexo I y II forman parte integrante de la misma;

Que entre las unidades en cuestión, se encuentra la Unidad de Apoyo Técnico, la cual tiene entre sus responsabilidades primarias asistir y entender en todo lo relativo a asuntos de carácter técnico a fin de brindar respaldo a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, asegurando el apoyo técnico y soporte administrativo a la Coordinación de las distintas Dimensiones Temáticas y Grupos de Trabajo;

Que resulta necesario determinar lineamientos operativos concernientes a los aspectos administrativos inherentes a las tareas llevadas a cabo por la Asamblea General y el Comité Ejecutivo del Consejo de Planeamiento Estratégico, y delegar en el Subsecretario a cargo de la Unidad Coordinación del Plan Estratégico el dictado de normas complementarias y operativas que regulen dichos extremos.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 19,102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 2°.- Acéptase la propuesta del Comité Ejecutivo de fecha 13 de octubre de 2010, en lo que concierne al mandato del Arq. Andrés Borthagaray, D.N.I N° 14.689.970, CUIL N° 20-14689970-7, como Director Ejecutivo del Consejo de Planeamiento Estratégico.

Artículo 1°.- Desígnase con carácter ad-honorem al Ing. Carlos González, D.N.I N° 4.306.287, CUIL N° 20-04306287-6 como Vicepresidente del Consejo de Planeamiento Estratégico, quien será suplantado en caso de ausencia por el lng. Norberto Pazos, DNI N° 4.340.185, CUIL 20-04340185-9.

Artículo 3°.- Instrúyese a todas las áreas técnicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a prestar al Consejo de Planeamiento Estratégico, por intermedio de la Unidad de Coordinación de Planes Estratégicos, los estudios e investigaciones que le resulten requeridos para la consecución de su tarea como consecuencia del Plan Estratégico aprobado “Buenos Aires 2016 con Perspectiva Metropolitana“.

Artículo 4°.- Establécese que las temáticas abordadas por las dimensiones y grupos de trabajo deberán ser elevadas al Comité Ejecutivo para su consideración a través de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico por intermedio de la Unidad de Apoyo Técnico creada por Resolución N° 10-UCPE-09.

Artículo 5°.- Delégase en el Subsecretario a cargo de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, la aprobación del orden del día de las reuniones del Comité Ejecutivo y de la Asamblea General del Consejo de Planeamiento Estratégico, debiendo comunicar dicho extremo al Director Ejecutivo del Consejo, así como a dictar las normas complementarias y operativas necesarias a efectos de determinar el contenido de las Actas que se labren a raíz de las reuniones que celebre el Comité Ejecutivo y cualquier aspecto administrativo inherente a la labor desarrollada por el Comité Ejecutivo y la Asamblea General del Consejo de Planeamiento Estratégico.

Artículo 6°.- El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a los Entes Descentralizados, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle