RESOLUCIÓN 137 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

CREA EL CONSEJO ASESOR DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

Publicación:

16/05/2011

Sanción:

04/05/2011

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 2.628, el Decreto N° 442/2010,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la Ley N 2628 la Agencia de Protección Ambiental (APRA) entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), tiene como objeto proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la CABA;

Que, de acuerdo a lo establecido en la normativa antes mencionada, una de sus principales funciones es: proponer políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que es función de la Presidencia, de conformidad con lo establecido en el inciso 8° del Articulo 3° de la Ley 2628, propiciar mecanismos de cooperación y/o asistencia técnica con la Nación, provincias, municipios, instituciones académicas nacionales, provinciales e internacionales, agencias, organismos y/u organizaciones en general, vinculadas a la problemática ambiental;

Que, bajo tal marco, se estima conveniente crear un Consejo Asesor integrado por organizaciones no gubernamentales y personas con antecedentes académicos y científicos de reconocido prestigio en temas ambientales y en sus implicaciones sociales y económicas a fin de conformar un equipo interdisciplinario que tenga conocimientos y experiencia en la temática ambiental;

Que, el Consejo Asesor Consultivo será presidido y coordinado por la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de máxima autoridad ambiental de la jurisdicción;

Que, por todo lo antes expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y Decreto N° 442/2010;

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Consejo Asesor de la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo funcionamiento interno se aprueba en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Articulo 2°.- Establécese que dicho órgano tendrá como objeto principal la conformación de un equipo interdisciplinario de asesoramiento científico y tecnológico para la Agencia de Protección Ambiental, con el fin de recomendar políticas y estrategias que impulsen la agenda ambiental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Consejo Asesor estará integrado por un Presidente; un Presidente Honorario; un Secretario, Miembros y Observadores, cuya nómina se detalla en el Anexo I de la presente. La Presidencia será ejercida en forma permanente por el Presidente de la Agencia de Protección Ambiental o el funcionario que él designe.

Articulo 4°- Invitase a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires a designar un observador en el Consejo. En caso de no encontrarse en condiciones de cumplir esa función, se enviará periódicamente a dicho organismo, las actas que resulten de las discusiones del mentado Consejo.

Artículo 5°.- Los miembros del Consejo Asesor que no dependan del GCBA, no tienen compromiso alguno con las acciones u opiniones de APRA. Los integrantes del Consejo Asesor desempeñarán sus funciones Ad Honorem. Las recomendaciones efectuadas por este Consejo, serán de carácter no vinculantes para la Agencia de Protección Ambiental.

Artículo 6°:- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Evaluación Técnica, a la Dirección General de Estrategias Ambientales, a la Dirección General de Control, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3664

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 Resolución 171-APRA-19 deroga la Resolución 137-APRA-11.</p>
MODIFICA
Res. 137-11 modifica la Estructura Organizativa de la Agencia de Protección Ambiental, aprobada por Res. 5-08 - Crea el Consejo Asesor de la Agencia de Protección Ambiental