RESOLUCIÓN 5 2008 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - DIRECCIONES GENERALES - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - JEFATURA DE GABINETE - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS- DG DE EVALUACIÓN TÉCNICA - DG DE PLANEAMIENTO - DG DE CONTROL - UNIDAD DE COORDINACIÓN OPERATIVA - UNIDAD DE RELACIONES INSTITUCIONALES COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
Publicación:
07/02/2008
Sanción:
01/02/2008
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Visto las Leyes N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), los Decretos Nros. 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y 53/08, (B.O.C.B.A. N° 2857) el Expediente N° 4.726/08, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 53/08 se designó a la Ing. Graciela Elizabeth Gerola como Presidenta de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley ut supra mencionada, es función de la Presidencia: "organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos";
Que, en este mismo orden de ideas, el artículo 8°, inciso c) del cuerpo normativo en análisis dispone que es función de la Presidencia: "determinar la cantidad de Directores Generales así como sus responsabilidades primarias, hasta un máximo de cuatro (4)";
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase la estructura orgánico funcional de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Apruébanse los objetivos y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización integrantes del organigrama aprobado por el artículo 1°, según se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios del Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I






