RESOLUCIÓN 17 2008 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
SE CONFORMA LA UNIDAD FUNCIONAL DE COORDINACIÓN DE RELACIONES, COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - RESPONSABILIDADES - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Publicación:
25/03/2008
Sanción:
06/03/2008
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Visto la Ley N° 2.628 (B.O.C.B.A. N° 2852), el Decreto N° 53/08 (B.O.C.B.A. N° 2857), la Resolución N° 5-APRA/08 (B.O.C.B.A. N° 2865), el Expediente N° 8.304/08, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley ut supra mencionada, es función de la Presidencia organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos;
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 1° de febrero de 2008 del registro de esta Agencia de Protección Ambiental, modificada por su similar N° 10 de fecha 20 de febrero de 2008, se aprobó la estructura orgánico funcional de la misma hasta el nivel de Dirección General, como así también las responsabilidades primarias de las mencionadas unidades organizativas;
Que para un mejor cumplimiento de las responsabilidades primarias de la Agencia de Protección Ambiental en materia de información ambiental, difusión de las políticas ambientales y cooperación interjurisdiccional, entre otros aspectos, es necesario conformar la Unidad Funcional de Coordinación de Relaciones Institucionales, Comunicación e Información, designando asimismo a su responsable;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Confórmase la Unidad Funcional de Coordinación de Relaciones Institucionales, Comunicación e Información de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual estará a cargo de Aleandra Scafatti (DNI 20.702.523 - CUIT 27-20702523-5) y desarrollará sus funciones en el ámbito de la presidencia de este organismo.
Artículo 2° - Establécese que la Unidad Funcional de Coordinación que se crea por el artículo 1° de la presente resolución, tendrán las siguientes responsabilidades:
a) Establecer y mantener canales de comunicación estratégicos y efectivos con los actores sociales involucrados, promoviendo el diálogo y la participación pública, en miras al cumplimiento de los objetivos de la Agencia de Protección Ambiental.
b) Realizar acciones de difusión de información tendientes a la concientización de la comunidad sobre las principales problemáticas ambientales.
c) Promover el efectivo cumplimiento de la Ley N° 303 de Información Ambiental.
d) Promover la colaboración y la cooperación interinstitucional, intersectorial e interjurisdiccional entre organismos, autoridades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, y otros grupos de interés involucrados en la temática ambiental.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y oportunamente, archívese.