RESOLUCIÓN 269 2011 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Síntesis:

CREA EL PROGRAMA DE DESARROLLO DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS Y NUTRICIONALES

Publicación:

19/05/2011

Sanción:

19/04/2011

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL


VISTO:

los artículos 17, 18 y 20 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 105, 2.506 y 3.373, los Decretos N ° 431/2003 y N ° 2.075/2007 y sus modificatorios, el Expediente N ° 1463097/2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ciudad promueve el desarrollo humano y económico equilibrado, que evite y compense las desigualdades zonales dentro de su territorio. Asimismo, garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente;

Que, la Ley N° 105 creo el Programa de Estudio y Evaluación de los Servicios de Asistencia Alimentaria y Nutricional a la Población en Situación Vulnerable o Critica con el objetivo de centralizar la información referente a los distintos planes de alimentación ejecutados por las áreas de salud, educación y promoción social;

Que, a efectos del cumplimiento de la Ley mencionada resulta necesario crear un programa en el Ministerio de Desarrollo Social que concentre la información referida al mapa de diagnostico nutricional de la Ciudad desde el enfoque social, a fin de poder generar políticas publicas tendientes a mejorar la condición nutricional de la población;

Que, en particular la Ley N° 3373 tiene por objeto el estudio, la investigación, la prevención la promoción y el tratamiento relacionados con la enfermedad celíaca en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el Decreto N° 431/2003 creo la Unidad de Proyectos Especiales de Políticas Intersectoriales sobre Riesgo Nutricional integrada por los Ministerios de Salud, de Desarrollo Social y de Educación, y el Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de coordinar transversalmente las acciones y los recursos, con el fin de integrar y ampliar la cobertura sanitaria, social y educativa de los niños, niñas, adolescentes y embarazadas en situación de riesgo nutricional residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Promoción Social dispuestas por el Decreto N ° 2.075/2007 y sus modificatorios, se encuentra la de coordinar la política nutricional y alimentaria de las distintas dependencias del Ministerio de Desarrollo Social;

Que la inclusión social y el ejercicio pleno de la ciudadanía no resultan posibles sin una adecuada satisfacción de las necesidades alimentarias y nutricionales que posibilite el apropiado crecimiento y desarrollo de las capacidades y destrezas de la población;

Que las problemáticas nutricionales por déficit afectan de manera directa en la población infantil, condicionando las capacidades intelectuales de las mismas, su crecimiento y desarrollo, comprometiendo generaciones. Asimismo, aumenta las posibilidades de riesgo en mujeres embarazadas;

Que la prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles ha aumentado significativamente en los últimos años, especialmente la obesidad;

Que, por otro lado, una adecuada alimentación y el acceso a una educación alimentaria y nutricional son factores determinantes para la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles, así como para un desarrollo psicosocial, en especial de los niños, niñas y adolescentes;

Que en el marco de lo expuesto, se considera conveniente la implementación de políticas y acciones que tiendan a garantizar y a mejorar el acceso para todos de una alimentación completa, suficiente, adecuada y segura.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1o - Créase el Programa de “Desarrollo de Políticas Alimentarias y Nutricionales“ en el ámbito de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social, destinado a contribuir y mejorar la situación alimentaria y nutricional de la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del diseño, el monitoreo de políticas sociales inclusivas e integrales.

Artículo 2o - Déjase establecido que las misiones y funciones del Programa creado mediante el artículo 1o son las que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3o - Facúltase al titular de la Subsecretaría de Promoción Social a dictar aquellos actos administrativos necesarios para la ejecución del programa creado en el articulo 1o y que estime correspondan, a efectos de propender a alcanzar la finalidad perseguida por aquél.

Artículo 4o - El gasto que demande la implementación del presente se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 5o - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese los Ministerios de Salud y Educación, al Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, a las Subsecretarías de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y de Tercera Edad, del Ministerio de Desarrollo Social y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Promoción Social. Cumplido, archívese. Vidal


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3667

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 269-MDSGC-11, crea el Programa de Desarrollo de Políticas Alimentarias y Nutricionales, en el ámbito de la Subsecretaría de Promoción Social, en el marco de la Ley 105.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 269-MDSGC-11, crea el Programa de Desarrollo de Políticas Alimentarias y Nutricionales, en el ámbito de la Subsecretaría de Promoción Social, destinado a contribuir y mejorar la situación alimentaria y nutricional de la población de la Ciudad de Buenos Aires.</p>